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204.31. En marzo de 2002 la Comisión Multisectorial emitió su informe final, en el cual expuso sus
recomendaciones y propuso que se creara un “Registro Nacional de Extrabajadores del Sector
Público cesados irregularmente”, basado en la información sobre extrabajadores cesados
irregularmente que debía entregar cada entidad del sector público donde laboraron71.
204.32. Mediante Ley No. 27803 de 28 de julio de 2002 “que implementa las recomendaciones
derivadas de las Comisiones creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586”, se dispuso que los
trabajadores cuyos ceses o despidos fuesen determinados como irregulares tendrían derecho a
optar alternativa y excluyentemente entre: su reincorporación o reubicación laboral, la jubilación
adelantada, una compensación económica o capacitación y reconversión laboral, y se creó el
“Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente”72.
204.33. Los días 22 de diciembre de 2002, 27 de marzo de 2003 y 24 de diciembre de 2003 se
publicaron el primer, el segundo y el último listado de Ex Trabajadores Cesados Irregularmente,
de acuerdo con lo dispuesto en las Leyes Nº 27452, Nº 27586 y Nº 2780373.
B)
RESPECTO DE LOS DESPIDOS POR PARTICIPACIÓN EN MANIFESTACIONES Y
FALTAS ADMINISTRATIVAS
204.34. El 11 y 22 de marzo de 1996 algunos trabajadores de la Municipalidad de Lima realizaron
manifestaciones en protesta al Programa de Evaluación de Personal (supra párr. 204.4 y 204.5).
Mediante Resoluciones de Alcaldía No. 308 de 15 de marzo de 1996 y No. 372 de 22 de marzo de
1996 se procedió a instaurar procesos administrativos disciplinarios a varios trabajadores.
Posteriormente, la Municipalidad dictó las Resoluciones de Alcaldía No. 625 de 10 de abril de 1996
y No. 638 de 12 de abril de 1996, destituyendo a los trabajadores74.
204.35. Once trabajadores despedidos interpusieron acciones de amparo, alegando que habían
sido destituidos sin observar el procedimiento establecido en el Reglamento de la Carrera
Administrativa75.
204.36. En enero y febrero de 1996 la Oficina de Personal de la Municipalidad de Lima emitió
oficios, en relación con la supuesta extracción o retiro de tarjetas de control de asistencia de
varios trabajadores. Mediante Resolución de Alcaldía No. 297 de 13 de marzo de 1996 se procedió
a instaurar procesos administrativos disciplinarios a los trabajadores que supuestamente habrían
cometido las faltas. Posteriormente, la Municipalidad dictó la Resolución de Alcaldía No. 680 de
25 de abril de 1996, destituyendo a dichos trabajadores. Cuatro de los trabajadores despedidos
71
Cfr. informe Final de la Comisión Multisectorial de marzo de 2002 (expediente sobre excepciones preliminares y
eventuales fondo, reparaciones y costas, tomo VIII, folios 2563 a 2613).
72
Cfr. ley No. 27803 de 28 de julio de 2002 (prueba para mejor resolver incorporada por la Corte Interamericana).
73
Cfr. listados de ex trabajadores cesados irregularmente (expediente de anexos al escrito de contestación de la
demanda, anexos 81, 82 y 83, folios 4542 a 4600).
74
Cfr. resoluciones de la Alcaldía de Lima No. 308 de 15 de marzo de 1996, No. 372 de 22 de marzo de 1996, No.
625 de 10 de abril de 1996 y No. 638 de 12 de abril de 1996 (expediente de anexos a la demanda, anexo 39, folios 1901 a
1909).
75
Cfr. sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional el 18 de noviembre, 21 de diciembre de 1998 y 9 de abril
de 1999 (expediente de anexos a la demanda, anexos 39, 40 y 41, folios 1912, 1944 y 1956).