12
54.
Posteriormente, el 21 de junio de 2006, el Médico Forense Investigador del Ministerio
Público que realizó el reconocimiento médico externo manifestó que la hora correcta de examen del
cadáver era 06:55 horas y no 8:10 como consignó en el informe anterior15.
55.
El informe de los investigadores en criminalística del Ministerio Público también señala
que la ropa que llevaba “puesta la persona de sexo femenino no identificada” estaba colocada al revés y
que no llevaba brassier puesto: “Es de hacer notar que la blusa estaba colocada al revés y que el brassier
no lo tenía puesto”16. Según un informe de investigación, Mynor Norberto García, un agente de la
policía nacional civil que llegó a la escena del crimen manifestó que el brassier estaba lleno de sangre y
la presunta víctima no lo tenía puesto sino que lo tenía entre el pantalón, por lo que presumió una
violación sexual17. En este sentido, el mismo informe de investigación documentó la entrevista realizada
al agente de la policía Santiago Haz, quien también manifestó la presunción de una posible violación
sexual porque la “ropa interior tenía manchas de sangre y no tenía puesto el brassier”. En el informe
también se indica que una testigo manifestó haber escuchado frente a su residencia el sonido de un
disparo de un arma de fuego, e inmediatamente después escuchó el ruido de un vehículo a toda
velocidad con rumbo ignorado.
Según la información en el expediente, se habrían tomado las impresiones dactilares del
cadáver en la escena del crimen y la ficha respectiva habría sido remitida al Laboratorio Técnico
Científico18. Sin embargo, es un hecho probado que dichas impresiones dactilares no fueron tomadas en
la escena del crimen sino que fueron tomadas después en el lugar donde la presunta víctima estaba
siendo velada. Consta el informe de 16 de agosto de 2005 emitido por la técnico en investigaciones
criminalísticas del Ministerio Público mediante el cual se remite al departamento técnico científico del
Ministerio Público, la ficha decadactilar con toma de huellas de la presunta víctima tomadas en
Funerales Reforma el 13 de agosto de 2005 a las 21:00 horas19.
56.
Consta que las autoridades no completaron el Formato para Levantamiento de Cadáver.
El recuadro respecto a los “Antecedentes del hecho y condiciones del lugar del hallazgo” se encuentra
vacío. Asimismo se indica que se ordenaron las siguientes pruebas: sangre para drogas de abuso, sangre
para alcoholemia, hisopado rectal y vaginal y raspado de uñas20. Asimismo se establece que la presunta
57.
15
Anexo 9. Informe sin número de fecha 21 de junio de 2006 firmado por el Dr. Pedro Adolfo Ciani, Médico Forense
del Ministerio Público. Anexo a la petición inicial de fecha 10 de diciembre de 2007.
16
Anexo 10. Informe de los técnicos en investigaciones criminalísticas I del Ministerio Público, Walter Adolfo Morales
Rosales y Sergio Antonio Polanco Rivera, RAC 3,970-2005, de fecha 19 de agosto de 2005. Copia de expediente judicial
presentado por los peticionarios el 31 de mayo de 2012.
17
Anexo 11. Informe de investigadores Jose Antonio Anaya y Dairyn Antonieta López, RAc. 2005-4813 de fecha 24 de
octubre de 2005, dirigido a Celeste Díaz García, Agente Fiscal, Agencia No. 14. Copia de expediente judicial presentado por los
peticionarios el 31 de mayo de 2012.
18
Anexo 12. Informe 2242-2005 E.E.C.G10, de fecha 16 de agosto de 2005, emitido por Edwin Omar de León Pineda,
Técnico en Investigaciones Criminalísticas I, Coordinador Grupo No. 10, dirigido a la Fiscalía de Sección de Delitos contra la Vida.
Anexo a la petición inicial de fecha 10 de diciembre de 2007.
19
Anexo 13. Informe No. 2242-2005 Grupo 11 de 16 de agosto de 2005. Informe de Marta Yolanda Samayoa López,
Técnico en Investigaciones Criminalísticas I, dirigido a la Sección Dactiloscopía del Ministerio Público. Anexo a la petición inicial
de fecha 10 de diciembre de 2007.
20
Anexo 14. Formato para Levantamiento y Remisión de Cadáveres para uso exclusivo de agentes y auxiliares,
firmado por Rocío Yesenia Reyna Pérez, Auxiliar Fiscal. Copia de expediente judicial presentado por los peticionarios el 31 de
mayo de 2012.