14
Con posterioridad, y a requerimiento del Ministerio Público27, se amplía el informe de
necropsia elaborado anteriormente y se determina que el cadáver fue identificado con el nombre de
Claudina Isabel Velásquez Paiz. Asimismo se indica que la distancia del disparo fue menor de 45 cm.
Respecto de la hora de muerte, se establece “entre siete y once horas después que se le efectuó la
necropsia”28. Sobre el particular, y a requerimiento del Ministerio Público se modificó la hora de muerte
indicada y se estableció que “el tiempo aproximado de fallecida la persona es entre siete y once horas al
momento que se le efectuó la necropsia.29” También indica que del examen externo realizado no se
encontró evidencias que indiquen el lugar donde falleció la presunta víctima30.
61.
El informe del peritaje balístico de fecha 6 de diciembre de 2005 indicó que se
recibieron los indicios de parte del Ministerio Público el 2 de febrero de 2005 y en la agencia fiscal 14
(según sello de recepción) se consignó que el informe de peritaje se recibió el 28 de febrero de 2005.
Dichas fechas están erróneas ya que la presunta víctima falleció el 13 de agosto de 2005. Según el
Modelo de Protocolo de Autopsias de Naciones Unidas, las tomas radiográficas del cuerpo son
necesarias para determinar las trayectorias en proyectil de armas de fuego31. En el caso, no se elaboró la
trayectoria del disparo de arma de fuego, como tampoco se realizó un análisis radiográfico del cadáver.
62.
La CIDH observa que varios informes realizados con posterioridad a la fecha de
identificación del cuerpo de la presunta víctima continuaron haciendo referencia al cuerpo XX32.
63.
Respecto de la investigación de una posible violación sexual, es un hecho probado que
de las pruebas realizadas, se detectó la presencia de semen en los hisopos que contenían muestra
vaginal33. Por otro lado, la ampliación del informe de necropsia indica la falta de signos físicos en el área
genital:
64.
Al examen ginecológico médico forense, el cadáver presenta: genitales propios para la edad y de
no virgen. En el introito vaginal hay himen de forma anular con rasgaduras antiguas a las tres,
27
Anexo 19. Solicitud del Auxiliar Fiscal Etz Sai Rodríguez Cho, dirigido a Sergio Alder Alfredo Martínez Martínez para
que amplía el informe de necropsia No. 2604-2005. Anexo a la petición inicial de fecha 10 de diciembre de 2007.
28
Anexo 20. Ampliación de Informe de Necropsia No. 617-05 de fecha 7 de octubre de 2005, emitido por el Sr. Sergio
Alder Alfredo Martínez Martínez, Médico Forense del Organismo Judicial, dirigido a Etz Sai Rodríguez Cho, Auxiliar Fiscal. Copia
de expediente judicial presentado por los peticionarios el 31 de mayo de 2012.
29
Anexo 21. Ampliación de Nec 2604-2005 de 7 de junio de 2006 emitido por Sr. Sergio Alder Alfredo Martínez
Martínez, Médico Forense del Organismo Judicial , dirigido a Carlos Antonio Miranda Arévalo, Auxiliar Fiscal. Anexo a la petición
inicial de fecha 10 de diciembre de 2007.
30
Anexo 20. Ampliación de Informe de Necropsia No. 617-05 de fecha 7 de octubre de 2005, emitido por el Sr. Sergio
Alder Alfredo Martínez Martínez, Médico Forense del Organismo Judicial, dirigido a Etz Sai Rodríguez Cho, Auxiliar Fiscal. Copia
de expediente judicial presentado por los peticionarios el 31 de mayo de 2012.
31
El modelo de protocolo de autopsia de las Naciones Unidas ratificado en el año 1991 por la Asamblea General de las
Naciones Unidas.
32
Por ejemplo Anexo 18. Informe de Necropsia de fecha 16 de agosto de 2005 elaborado por el Sr. Sergio Alder
Alfredo Martínez Martínez, Médico Forense del Organismo Judicial (Nec 2604-05). Anexo a la petición inicial de fecha 10 de
diciembre de 2007; Anexo 21, Solicitud de Carlos Antonio Miranda Arévalo Arévalo, Auxiliar Fiscal, MP001-2005-69430-C.S.
dirigida al Jefe de Servicio Forense del Organismo Judicial, Anexo a la petición inicial de fecha 10 de diciembre de 2007.
33
Anexo 22. Dictamen No. BIOL-05-1455 de fecha 26 de septiembre de 2005, emitido por la Lic.Ana Cecilia Díaz Ovalle
de Mayorga del Ministerio Público, dirigido a Alma Dinorah Moreno Escudero, Agencia Fiscal No. 10. Copia de expediente
judicial presentado por los peticionarios el 31 de mayo de 2012.