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Presuntas víctimas propuestas por los representantes
1)
Amílcar Salazar Castillo, quien declarará sobre:
i.
las investigaciones de los hechos de la masacre y la respuesta de las
autoridades;
ii.
las consecuencias que ha tenido en él y en otros familiares de víctimas
de la masacre la supuesta falta de justicia, y
iii.
las medidas que debería adoptar el Estado para la reparación de las
supuestas violaciones a sus derechos.
2)
Francisco Arreaga Alonzo, quien declarará sobre:
i.
las investigaciones de los hechos de la masacre y la respuesta de las
autoridades;
ii.
las consecuencias que ha tenido en él y en otros familiares de víctimas
de la masacre la supuesta falta de justicia, y
iii.
las medidas que debería adoptar el Estado para la reparación de las
supuestas violaciones a sus derechos.
Peritos propuestos por los representantes
1)
Nieves Gómez Dupuis, [Coordinadora de un programa de intervención
psicosocial en víctimas de tortura en el Equipo de Estudios Comunitarios y de
Acción Psicosocial (ECAP)], quien rendirá peritaje sobre:
i.
los efectos que ha tenido en las presuntas víctimas sobrevivientes de
la Masacre de Las Dos Erres y en los familiares de las presuntas
víctimas la supuesta falta de justicia y verdad a través de los años, y
ii.
las características que debe tener un programa adecuado de atención
psicológica a estas afectaciones, así como otras medidas que debe
adoptar el Estado para reparar las supuestas violaciones cometidas.
2)
Marco Antonio Garavito Fernández, [Director de la Liga Guatemalteca de
Higiene Mental] quien, a partir del trabajo realizado por la Liga, rendirá
peritaje sobre:
i.
los efectos que la separación de sus familias y la alteración de su
identidad tiene en los niños desaparecidos, y
ii.
las medidas que el Estado debería adoptar para hacer frente a este
fenómeno.
2.
Requerir a los representantes que coordinen y realicen las diligencias necesarias
para que las personas mencionadas en el punto resolutivo primero rindan sus declaraciones
y dictámenes a través de declaración ante fedatario público (affidávit), y que las remitan a
la Corte Interamericana a más tardar el 9 de junio de 2009.
3.
Solicitar a la Secretaría de la Corte que, una vez recibidos las declaraciones de las
presuntas víctimas y dictámenes mencionados en el punto resolutivo primero, los transmita
a las partes para que, en un plazo improrrogable de siete días contado a partir de su
recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes.
4.
Convocar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado, a una
audiencia pública que se celebrará en el XL Período Extraordinario de Sesiones, en la Ciudad
de La Paz, República de Bolivia, a partir de las 09:00 horas del 14 de julio de 2009 para