VI. RECOMENDACIONES 112. En virtud de las anteriores conclusiones, LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS RECOMIENDA AL ESTADO DE ARGENTINA: 1. Reparar integralmente las violaciones de derechos humanos declaradas en el presente informe tanto en el aspecto material y moral. Esta reparación deberá incluir una indemnización, así como medidas de satisfacción y rehabilitación a favor de los familiares del señor José Delfín Acosta Martínez y en concertación con ellos. 2. Disponer las medidas necesarias para investigar penalmente y disciplinariamente de manera exhaustiva, diligente y en un plazo razonable, todas las responsabilidades derivadas de las violaciones declaradas en el presente informe. Esta investigación deberá satisfacer los estándares descritos en el presente informe. 3. Adoptar las medidas necesarias para evitar la repetición de los hechos del presente caso incluyendo: i) asegurar que la legislación que regula la facultad de detener y requisar personas en la vía pública sobre la base de una sospecha de que está cometiendo un delito, se base en razones objetivas e incluya exigencias de justificación de dichas razones en cada caso; ii) capacitar a los funcionarios estatales pertenecientes a cuerpos de seguridad sobre los estándares descritos en el presente informe en cuanto a las obligaciones a su cargo de salvaguardar la vida e integridad de las personas bajo su custodia. Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la ciudad de Washington, D.C. a los 7 días del mes de diciembre de 2018. (Firmado): Margarette May Macaulay, Presidenta; Esmeralda Arosemena de Troitiño, Primera Vicepresidenta; Francisco José Eguiguren Praeli, Joel Hernández García, Antonia Urrejola y Flavia Piovesan, Miembros de la Comisión. El que suscribe, Paulo Abrão, Secretario Ejecutivo, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH. Paulo Abrão Secretario Ejecutivo 22

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