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1) Claudia Carrillo, quien declarará sobre el conocimiento que tuvo de los
hechos a través de entrevistas realizadas a Luís Enrique Uzcátegui y sus
familiares.
C)
Peritos
C.1
propuestos por la Comisión
1) Luis de la Barreda Solórzano, quien se referirá a si las normas penales en
los países de la región, en las legislaciones denominadas "de injuria y
calumnia" que sirven para proteger el honor o la reputación de los servidores
públicos, son similares o producen un efecto similar al de las llamadas
“normas de desacato"; si la existencia de estas disposiciones es recurrente en
los ordenamientos penales de la región y si su vigencia apareja algún riesgo
para el derecho a la libertad de expresión; además, a las disposiciones
penales que protegen el derecho al honor en Venezuela, su tipificación y sus
efectos actuales y eventuales.
2) Hugo Fruhling, quien declarará sobre los estándares internacionales de
derechos humanos aplicables al uso letal de la fuerza por parte de los cuerpos
de seguridad; las obligaciones de los Estados en materia de investigación
para establecer si un fallecimiento ocurrió como consecuencia del uso legal de
la fuerza letal o si constituyó una ejecución extrajudicial; las obligaciones de
los Estados en materia de prevención cuando existe una problemática
conocida de ejecuciones extrajudiciales por parte de sus cuerpos de
seguridad; las deficiencias sistémicas que inciden en la actuación de la policía
en casos en que ésta hace uso excesivo de la fuerza, así como el debido
esclarecimiento de los hechos.
C.2
propuestos por los representantes
3) Andrés Cañizales, quien declarará sobre el alcance de las normas del
Código Penal venezolano que tipifican los delitos de injuria y calumnia, en
virtud de los cuales fue abierto el proceso penal contra Luís Enrique
Uzcátegui, y su impacto concreto en el ejercicio de la libertad de expresión; la
vigencia de dichas normas y las posteriores reformas; y sobre el impacto que,
en el ejercicio de la libertad de expresión, puede tener la existencia de una
investigación criminal por tales delitos.
4) Neugim Pastori, Docente de la Escuela de Psicología de la Universidad
Central de Venezuela, quien declarará sobre los supuestos daños ocasionados
a familiares de víctimas de ejecuciones extrajudiciales; las repercusiones de
éstas desde el punto de vista familiar y laboral; y sobre la importancia de la
asistencia psicológica para restablecer un mínimo de autoestima en los
referidos familiares.
5) Juan Luis Modollel, abogado especialista en Ciencias Penales y
Criminológicas, quien declarará sobre la normatividad que regía el
procedimiento penal en Venezuela al momento en que ocurrieron los hechos
de este caso, así como la que rige actualmente, con referencia al papel del
Estado como garante del derecho a la vida, a la integridad personal y la