24
Municipalidad transfirió a particulares diferentes predios pertenecientes al territorio ancestral de la
Comunidad Garífuna.
a)
Municipio de Tela, empresa IDETRISA y proyecto Marbella
108.
En particular, de acuerdo a la información obrante en el expediente ante la CIDH, entre
agosto de 1993 y julio de 1995, la Municipalidad de Tela vendió no menos de 42.2 hectáreas (cuarenta y
87
dos punto dos hectáreas) de tierras ancestrales de la Comunidad de Triunfo de la Cruz , dedicadas
88
principalmente al cultivo de alimentos tradicionales garífunas . Estas ventas fueron efectuadas a través
de cuarenta escrituras públicas de compraventa por un monto total aproximado de L 985.385,57
(novecientos ochenta y cinco mil trescientos ochenta y cinco punto cincuenta y siete lempiras), otorgadas
a favor de la empresa Inversiones y Desarrollo el Triunfo S. A. de C. V. (en adelante, “IDETRISA”) directamente y a través de sus socios- con el fin de destinarlas a la ejecución de un proyecto turístico
89
denominado “Club Marbella” . La información al alcance de la CIDH indica además que 33 hectáreas del
área vendida por la Municipalidad a IDETRISA se traslapaban con aquellas cuya propiedad alegó
MACERICA en el proceso iniciado ante el INA por la Comunidad en 1969 (véase supra IV.C.2)90.
109.
Paralelamente, se dio inicio a una serie de hostigamientos, amenazas y actos de
violencia contra miembros de la Comunidad por parte de quienes adquirieron sus tierras ancestrales con
el fin de obligarlos a desocupar las áreas compradas a la Municipalidad. En efecto, según información al
alcance de la Comisión, se produjeron fuertes presiones para obligar a miembros de la Comunidad a
entregar las tierras comunitarias en las que trabajaban a cambio de distintos montos de dinero,
desconociendo la propiedad tradicionalmente colectiva de la tierra. Quienes se opusieron fueron
municipio, terrenos que pasarán a favor del municipio una vez concluido el plazo de la concesión. Ley de Municipalidades,
adoptada mediante Decreto No. 134-90 del 19 de noviembre de 1990 y modificada por Decreto No. 125-2000 del 6 de octubre del
2000. Fuente: Poder Judicial de Honduras. Centro Electrónico de Documentación e Información Judicial - CEDIJ. Disponible en:
http://www.poderjudicial.gob.hn/institucional/organizacion/dependencias/cedij/Leyes/Documents/LEY%20DE%20MUNICIPALIDAD
ES.pdf.
87
La extensión indicada no incluye el área vendida por la Municipalidad de Tela a favor de IDETRISA por un monto de
708.07 lempiras dado que no se indica la superficie total del área objeto de la transacción. Anexo 9. Escritura pública 194 del 7 de
diciembre de 1994. Expediente 2000-81 seguido ante el INA, folios 403-407. Anexo 7 del escrito de la peticionaria de fecha 23 de
mayo de 2006, recibida por la CIDH el 30 de mayo de 2006.
88
Anexo 23. Denuncia interpuesta ante la Fiscalía de Etnias y Patrimonio Cultural el 17 de septiembre de 1994. Anexo 16
de la petición inicial de fecha 27 de octubre de 2003, recibida por la CIDH el 29 de octubre de 2003. CIDH, Audiencia Pública de
fecha 2 de marzo de 2007 sobre “Caso 12.548 – Comunidad Garífuna Triunfo de la Cruz, Honduras”, 127º período ordinario de
sesiones. Peritaje de Edmund Taylor Gordon.
89
En concreto, la información obrante en el expediente ante la CIDH indica que IDETRISA, a través de Georges Andonie
como gerente general, adquirió no menos de 379,306.22 m 2 (trescientos setenta y nueve mil trescientos seis punto veintidós metros
cuadrados) Esta extensión no incluye el área vendida por la Municipalidad de Tela a favor de IDETRISA por un monto de 708.07
lempiras dado que no se indica el área total objeto de la transacción. Anexo 9. Escrituras públicas 129, 130, 131, 132, 133, 134,
135 y 136 del 17 de agosto de 1993; escrituras públicas 151, 152, 153 y 154 del 24 de septiembre de 1993; escrituras públicas 9,
10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18 del 15 febrero 1994; escritura pública 80 del 20 de junio de 1994; escritura pública 92 del 7 de
julio de 1994; escrituras públicas 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200 y 201 de 7 de diciembre de 1994; y escrituras públicas 71, 72,
73 y 74 de 12 de julio de 1995. Expediente 2000-81 seguido ante el INA, folios 280-458. Anexo 7 del escrito de la peticionaria de
fecha 23 de mayo de 2006, recibida por la CIDH el 30 de mayo de 2006; la sociedad mercantil Multiproyectos S. A. de C. V., a
través de Georges Andonie como gestor oficioso, adquirió 13,267.03 m 2 (trece mil doscientos sesenta y siete punto tres metros
cuadrados) Anexo 9. Escritura pública 139 del 17 de agosto de 1993. Expediente 2000-81 seguido ante el INA, folios 330-334.
Anexo 7 del escrito de la peticionaria de fecha 23 de mayo de 2006, recibida por la CIDH el 30 de mayo de 2006; Georges
Andonie, a título personal, adquirió 9,132.32 m2 (nueve mil ciento treinta y dos punto treinta y dos metros cuadrados) Anexo 9.
Escritura pública 137 otorgada a favor de Georges Andonie del 17 de agosto de 1993. Expediente 2000-81 seguido ante el INA,
folios 265-269; Jorge Shibli Canahuati adquirió 10,798.16 m2 (diez mil setecientos noventa y ocho punto dieciséis metros
cuadrados) Anexo 9. Escritura pública 138 otorgada a favor de Jorge Shibli Canahuati del 17 de agosto de 1993. Expediente 200081 seguido ante el INA, folios 325-329. Anexo 7 del escrito de la peticionaria de fecha 23 de mayo de 2006, recibida por la CIDH el
30 de mayo de 2006; y Roberto Larach Chahin adquirió 9,551.96 m 2 (nueve mil quinientos cincuenta y uno punto noventa y seis
metros cuadrados) Anexo 9. Escritura pública 128 otorgada a favor de Roberto Larach Chahin. Expediente 2000-81 seguido ante
el INA, folios 270-274. Anexo 7 del escrito de la peticionaria de fecha 23 de mayo de 2006, recibida por la CIDH el 30 de mayo de
2006.
90
Anexo 10. “Análisis de las Solicitudes de Dominio Pleno de las Comunidades Garífunas” elaborado por el IHT el 23 de
abril de 1996. Anexo 24 de la petición inicial de fecha 27 de octubre de 2003, recibida por la CIDH el 29 de octubre de 2003.