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El 22 de enero de 1998 el testigo interpuso otro recurso para que cancelaran la
concesión. La Corte, después de ocho meses, canceló la concesión. Sin embargo, la
situación de la demarcación o titulación de tierras indígenas siguió como estaba. El
Estado no hizo nada al respecto.
La Costa Atlántica tiene una autonomía reconocida desde 1987 por la Ley No. 28,
según la cual cualquier concesión que otorgue el Estado tiene que ser consultada con
las comunidades indígenas y también con el Consejo Regional.
Tiene conocimiento de un recurso de inconstitucionalidad presentado en contra de la
concesión a SOLCARSA, en cuyo trámite la Comunidad Awas Tingni fue parte
procesal, y a raíz del cual se declaró la inconstitucionalidad de dicha concesión.
Además, sabe que el MARENA ordenó la suspensión de la concesión poco tiempo
después de haber sido notificado por la Corte Suprema de Justicia de la
inconstitucionalidad de esa concesión.
No tiene conocimiento de que el Plan de Manejo, que constituye un requisito previo
para iniciar la actividad de corte de madera, haya sido aprobado por el Estado a
SOLCARSA. Sabe que mediante acuerdo ministerial No. 02-97, el MARENA impuso
una multa a SOLCARSA por corte ilegal de madera fuera del área de la concesión.
La Comunidad Awas Tingni ocupa tierras ancestrales, es una comunidad indígena y
que “es históricamente su territorio, es su tierra, eso nadie [se lo] puede quitar, y el
Estado sabe bien de eso, totalmente, ese territorio es de la Comunidad Awas Tingni.”
i.
Testimonio de Wilfredo
Comunidad Awas Tingni
Mclean
Salvador,
miembro
de
la
Nació en la Comunidad Awas Tingni. Pertenece a la etnia Mayagna. Ejerce el cargo
de Responsable del Bosque dentro de la Comunidad. El Responsable del Bosque es
el que vigila la tierra que pertenece a la Comunidad. También es el Responsable del
Centro Escolar de Awas Tingni.
Estaba presente en una reunión que se realizó en la Casa Presidencial en febrero de
1997. En la reunión estaban también el síndico, delegados de la Comunidad y sus
asesores. En dicha ocasión le plantearon al Presidente de Nicaragua la solicitud de la
demarcación territorial de Awas Tingni y le hicieron saber que la empresa maderera
SOLCARSA estaba entrando en territorio de la Comunidad. El Presidente les dijo que
entendía que ellos tenían derechos a las tierras y que les iba a resolver el caso,
organizando, en ese momento, otra reunión con el Ministro del MARENA. Ese mismo
día los atendió el Ministro en las oficinas del Ministerio. En dicha reunión les dijeron
que irían a la Comunidad a investigar.
Posteriormente, la concesión a SOLCARSA fue declarada inconstitucional.
Sin
embargo, los funcionarios del Estado nunca llegaron a la Comunidad para resolver la
petición de la demarcación de la tierra.
Entre el 28 y el 30 de marzo de 2000 tuvieron otra reunión en Managua, en la sede
de la Cancillería. La Comunidad solicitó audiencia a las autoridades debido a la
preocupación que tenía por la demarcación de sus tierras. En esa reunión estuvieron
presentes 12 delegados del Estado. Como asesora de los indígenas, solo se permitió
la presencia en esa reunión de la doctora María Luisa Acosta, representante de la
Comunidad. No permitieron la presencia de asesores internacionales; manifestaron
que no era necesario ir a la Corte Interamericana y que lo mejor era resolver el caso
en Nicaragua.