35 El 22 de enero de 1998 el testigo interpuso otro recurso para que cancelaran la concesión. La Corte, después de ocho meses, canceló la concesión. Sin embargo, la situación de la demarcación o titulación de tierras indígenas siguió como estaba. El Estado no hizo nada al respecto. La Costa Atlántica tiene una autonomía reconocida desde 1987 por la Ley No. 28, según la cual cualquier concesión que otorgue el Estado tiene que ser consultada con las comunidades indígenas y también con el Consejo Regional. Tiene conocimiento de un recurso de inconstitucionalidad presentado en contra de la concesión a SOLCARSA, en cuyo trámite la Comunidad Awas Tingni fue parte procesal, y a raíz del cual se declaró la inconstitucionalidad de dicha concesión. Además, sabe que el MARENA ordenó la suspensión de la concesión poco tiempo después de haber sido notificado por la Corte Suprema de Justicia de la inconstitucionalidad de esa concesión. No tiene conocimiento de que el Plan de Manejo, que constituye un requisito previo para iniciar la actividad de corte de madera, haya sido aprobado por el Estado a SOLCARSA. Sabe que mediante acuerdo ministerial No. 02-97, el MARENA impuso una multa a SOLCARSA por corte ilegal de madera fuera del área de la concesión. La Comunidad Awas Tingni ocupa tierras ancestrales, es una comunidad indígena y que “es históricamente su territorio, es su tierra, eso nadie [se lo] puede quitar, y el Estado sabe bien de eso, totalmente, ese territorio es de la Comunidad Awas Tingni.” i. Testimonio de Wilfredo Comunidad Awas Tingni Mclean Salvador, miembro de la Nació en la Comunidad Awas Tingni. Pertenece a la etnia Mayagna. Ejerce el cargo de Responsable del Bosque dentro de la Comunidad. El Responsable del Bosque es el que vigila la tierra que pertenece a la Comunidad. También es el Responsable del Centro Escolar de Awas Tingni. Estaba presente en una reunión que se realizó en la Casa Presidencial en febrero de 1997. En la reunión estaban también el síndico, delegados de la Comunidad y sus asesores. En dicha ocasión le plantearon al Presidente de Nicaragua la solicitud de la demarcación territorial de Awas Tingni y le hicieron saber que la empresa maderera SOLCARSA estaba entrando en territorio de la Comunidad. El Presidente les dijo que entendía que ellos tenían derechos a las tierras y que les iba a resolver el caso, organizando, en ese momento, otra reunión con el Ministro del MARENA. Ese mismo día los atendió el Ministro en las oficinas del Ministerio. En dicha reunión les dijeron que irían a la Comunidad a investigar. Posteriormente, la concesión a SOLCARSA fue declarada inconstitucional. Sin embargo, los funcionarios del Estado nunca llegaron a la Comunidad para resolver la petición de la demarcación de la tierra. Entre el 28 y el 30 de marzo de 2000 tuvieron otra reunión en Managua, en la sede de la Cancillería. La Comunidad solicitó audiencia a las autoridades debido a la preocupación que tenía por la demarcación de sus tierras. En esa reunión estuvieron presentes 12 delegados del Estado. Como asesora de los indígenas, solo se permitió la presencia en esa reunión de la doctora María Luisa Acosta, representante de la Comunidad. No permitieron la presencia de asesores internacionales; manifestaron que no era necesario ir a la Corte Interamericana y que lo mejor era resolver el caso en Nicaragua.

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