33 grupo de 35 guerrilleros (25 hombres y diez mujeres) pertenecientes al comando “Iván Marino Ospina” del M-19, se tomó las instalaciones del Palacio de Justicia, ubicado en la Plaza de Bolívar, frente a la sede del Congreso de la República, en el centro de la ciudad de Bogotá, para desarrollar una operación que denominaron “Antonio Nariño por los derechos del hombre”, bajo la dirección de Luis Otero 62 Cifuentes y Andrés Almarales Manga . El M-19 tomó como rehenes en el Palacio a cerca de 350 personas entre magistrados de las altas Cortes y otros servidores públicos, usuarios de la justicia, visitantes ocasionales y empleados de la cafetería, argumentando la necesidad de realizar un juicio público al Presidente de la República, por su “traición” al acuerdo de diálogo firmado por ambas partes el 63 24 de agosto de 1984 . 158. En reacción a la toma guerrillera, el Presidente de la República Belisario Betancur Cuartas y su Ministro de Defensa, General Miguel Francisco Vega Uribe, dieron vía libre al operativo de recuperación del Palacio, en desarrollo del cual el Coronel Luis Carlos Sadovnik, Jefe del Estado Mayor y Segundo Comandante de la Decimotercera Brigada, ordenó - en ausencia momentánea de su superior el General Arias Cabrales -, el alistamiento de primer grado del Comando de Operaciones de la Brigada (COB), el acuartelamiento de todas las unidades y la aplicación inmediata del Plan Tricolor, el cual 64 estaba diseñado para afrontar situaciones graves de orden público . 159. Según la misión establecida en el Plan Tricolor “[e]l Ejército con el mando operacional de otras Fuerzas Institucionales y el control operacional de organismos de seguridad del Estado, conducen operaciones antisubversivas en su jurisdicción para destruir los grupos alzados en armas con el 65 propósito de mantener el orden interno, garantizar la Soberanía Nacional y las instituciones patrias” . 160. Asimismo, miembros de la Policía Nacional y del Batallón Guardia Presidencial arribaron a la Plaza de Bolívar y a la 1:00 PM comenzaron a llegar al lugar tanques Urutú y Cascabel del Ejército, “que hicieron su entrada a través del sótano y por la puerta principal del edificio judicial, abriendo fuego en forma indiscriminada, con el asentimiento de los altos mandos estatales, que se rehusaron a negociar con el grupo armado, argumentando la necesidad de 'defender la democracia' y la seguridad de las instituciones, enfrentamiento que generó un voraz incendio que consumió un gran número de 66 expedientes y la vida de muchas personas que no lograron abandonar el sitio” . 161. Los miembros del Ejército Nacional ingresaron al Palacio de Justicia “sin la mediación de un acuerdo, diálogo o comunicación, evitando a toda costa que el Presidente de la República finiquitara 67 por esas vías el operativo y con la utilización de una fuerza bélica de exorbitante proporción” . 162. Al respecto, el ex Presidente Belisario Betancur señaló que había impartido la instrucción de que “las Fuerzas Militares, de Policía y de Seguridad, debían restablecer el orden constitucional en el Palacio de Justicia con respeto y garantía de las vidas de todos los rehenes y también de los guerrilleros 62 Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 1. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011. 63 Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 1 y 2. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011. 64 Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 2. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011. 65 Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de diciembre de 2009, Capítulo VIII.3, párr. 30. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de enero de 2010. 66 Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 2. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011. 67 Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 156. Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.

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