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operativo expresada por él en la primera alocución que ofreció a los medios de comunicación el 7
de noviembre de 1985, una vez finalizada la operación militar de retoma.
Igualmente, a los demás integrantes de la línea de mando de las Fuerzas Armadas de la época,
que hubieren participado en el operativo del Palacio de Justicia; así como a los miembros de la
Policía Nacional y de los organismos de seguridad del Estado que intervinieron en el operativo.
Por último, para que se investigue a los ejecutores directos, coautores mediatos y partícipes de las
desapariciones de: Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, Bernardo
Beltrán Hernández, David Suspes Celis, Gloria Stella Lizarazo Figueroa, Gloria Anzola de Lanao,
Norma Constanza Esguerra, Luz Mary Portela León, Irma Franco Pineda, Héctor Jaime Beltrán
307
Fuentes y Lucy Amparo Oviedo .
331.
Finalmente ordenó a los Funcionarios del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario
(INPEC), trasladar, para efectos del cumplimiento de la pena, al Coronel retirado Plazas Vega a un sitio
308
de reclusión . Según información de conocimiento público el Coronel retirado no se encuentra
cumpliendo condena en un establecimiento del INPEC sino en la Escuela de Caballería del Ejército
Nacional ubicada en Bogotá donde está “a disposición del Comandante de la unidad”309.
332.
En cuanto al proceso adelantado en el Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, a cargo
de la Jueza María Cristina Trejos Salazar se observa que el 30 de octubre de 2008 se concedió la
libertad a Edilberto Sánchez Rubiano, Oscar William Vásquez Rodríguez, Luis Fernando Nieto Velandia,
Ferney Ulmardin Causaya y Antonio Rubay Jiménez Gómez, por vencimiento de términos310. Asimismo,
desde el 9 de octubre de 2008 el General Jesús Armando Arias Cabrales se encuentra bajo medida de
aseguramiento de detención preventiva, la cual cumple, por determinación del INPEC en Resolución
12162 del 10 de octubre de 2008, en las instalaciones de la Escuela de Infantería perteneciente al
311
Centro de Educación Militar (CEMIL) .
333.
El 28 de abril de 2011 el Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá dictó sentencia
condenatoria contra el General en retiro Jesús Armando Arias Cabrales a la pena principal de 35 años de
prisión, como autor responsable de desaparición forzada agravada en concurso homogéneo y sucesivo
en perjuicio de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín, Bernardo Beltrán Hernández,
Jaime Beltrán Fuentes, David Suspes Celis, Luz Mary Portela León, Gloria Stella Lizarazo Figueroa,
Norma Constanza Esguerra, Gloria Anzola de Lanao, Lucy Amparo Oviedo e Irma Franco Pineda y a la
pena accesoria de 20 años de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
Asimismo, dispuso no suspender condicionalmente la ejecución de la pena privativa de libertad, ni
sustituir la pena de prisión domiciliaria por lo que indicó que el General Jesús Armando Arias Cabrales
deberá purgar la pena al interior del Centro de Reclusión que para el efecto señale el Director General
312
del INPEC .
334.
Asimismo la Jueza ordenó compulsar copias para que se investigue a José Ignacio
Posada Duarte, Gustavo Alonso Velásquez López, Ariel Guillermo Valdés Gil y Luis Armando Suárez
Rodríguez, Pedro Capacho Pabón para que la Fiscalía General de la Nación decida si resulta procedente
307
Anexo 11. Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bogotá, RUN: 11001320700320080002500, 9 de junio
de 2010. Anexo al escrito de los peticionarios de 10 de junio de 2010 recibido en la CIDH el 14 de junio de 2010.
308
Anexo 11. Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bogotá, RUN: 11001320700320080002500, 9 de junio
de 2010. Anexo al escrito de los peticionarios de 10 de junio de 2010 recibido en la CIDH el 14 de junio de 2010.
309
Anexo 58. Semana.com, El Caso Plazas
http://www.semana.com/nacion/caso-plazas-vega/146830-3.aspx.
Vega,
4
de
noviembre
de
2010.
Disponible
en
310
Anexo 1. Informe Final de la Comisión de la Verdad sobre los Hechos del Palacio de Justicia, presentado el 17 de
diciembre de 2009, Capítulo VII, párr. 32. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de enero de 2010 recibido en la CIDH el 25 de
enero de 2010.
311
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, pág. 7. Anexo al
escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.
312
Anexo 2. Juzgado 51 Penal del Circuito de Bogotá, 28 de abril de 2011, Causa No. 2009-0203, págs. 356 y 357.
Anexo al escrito de los peticionarios de 24 de mayo de 2011 recibido en la CIDH el 25 de mayo de 2011.