que iba a matar a cualquiera de mis hijos y que no le importaba si lo denunciaba en la Fiscalía del
Ministerio Público”25.
Cuando Eduardo José Landaeta Mejías ya estaba detenido el 30 de diciembre de 1996 –
ver infra – se presentó ante el CSOP el señor Ignacio Landaeta Muñoz para informar que su hijo
corría peligro dadas las amenazas previas de muerte de las cuales había sido objeto 26.
En el marco del proceso penal, la señora María Magdalena Mejías declaró lo siguiente:
“aparte de todo lo que he declarado quiero que quede firmemente de que fui acosada por el policía
Francisco Alberto Castillo Matute, sin ninguna prueba, no me dejaba dormir de noche, buscando a
mi hijo, inclusive hubo un día que me levantó una lámina de zinc y me metió para mi casa, sin que
no hubiera nadie en mi casa y salió por la puerta de atrás, en ese momento fue tanta la sorpresa,
que cuando llegué a la casa lo veo saliendo a él y me preguntaba que donde estaba mi hijo
Eduardo José Landaeta, repreguntaba que era lo que pasaba y me amenazó (…)”27.
En el marco del proceso penal, el señor Ignacio Landaeta Muñoz declaró que: “todo
comienza con un acoso por parte de funcionarios del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del
Estado Aragua, que en más de una oportunidad se dieron a la tarea de realizar el allanamiento en
la casa donde vivía Eduardo José Landaeta, mi hijo junto a su madre Maria Mejías y su hermano
Igmar Alexander, sin orden judicial; tal abuso por parte de los policías llegó al extremo que cuando
en la casa no había nadie, forzaban las puertas, rompían los vidrios de las ventanas y se metían por
el techo a revisar la casa. Esos policías fueron identificados por la madre de Eduardo José como
Francisco Alberto Castillo Matute, Andrés José Castillo García, Carlos Julio Zacarías Moreno, un
hermano de este último funcionario de nombre Omar Zacarías Moreno (este ciudadano no era
funcionario policial) y otros que se desconocen sus nombres. AMENAZA DE MUERTE. Al principio
del mes de noviembre de 1996, dos funcionarios policiales identificados como Francisco Alberto
Castillo Matute y Andrés José Castillo García, se presentaron a la casa del hoy occiso y le dijeron a
su madre que cuando lograran agarrar a Eduardo José lo iban a matar o mataban al hermano Igmar
Alexander o mataban a los dos hermanos a la vez y si a ella le daba la gana que fuera a
denunciarlos. María me contó lo sucedido y le dije que fuera el Cuerpo Técnico de Policía Judicial y
denunciara a esos policías, así lo hizo pero cuando llegó a ese despacho a interponer la denuncia,
el funcionario que la atendió le manifestó que esa denuncia no procedía porque a las personas que
ella estaba denunciando eran funcionarios policiales y ellos podían actuar de esa forma”28.
C.
La muerte de Igmar Alexander Landaeta Mejías el 17 de noviembre de 1996
63.
Igmar Alexander Landaeta Mejías murió el 17 de noviembre de 1996, a los 18 años de
edad, en el municipio Mariño, Estado Aragua, tras un incidente con varios hombres que en el proceso
penal posterior quedaron identificados como funcionarios policiales del CSOP. Según el acta de
autopsia, la causa de muerte fue contusión cerebral severa y herida facio craneal por proyectil de arma
de fuego29.
64.
Tras una revisión del expediente, la Comisión observa que existen dos versiones sobre
las circunstancias que rodearon la muerte de Igmar Alexander Landaeta Mejías.
65.
Por una parte, existen varias declaraciones de testigos de las que resulta que el día de
su muerte, en horas de la tarde, Igmar Alexander Landaeta Mejías se encontraba acompañado por otra
25
Anexo 7. Notas de prensa sobre la muerte de los hermanos Landaeta Mejías (Anexo O de la petición inicial 908/04.
Igmar Alexander Landaeta Mejías).
26
Anexo 8. Oficios dirigidos a diversas autoridades por el señor Ignacio Landaeta Muñoz (Anexo 1 D al escrito de
observaciones de fondo de los peticionarios de 18 de julio de 2007). Este hecho no fue controvertido por el Estado.
27
Anexo 9. Pieza 2. Procedimiento Interno. Causa 4C-4822/04. Folios 241 y 242. Hace falta una parte de la declaración
(Anexo 2 al escrito de observaciones de fondo de los peticionarios de 18 de julio de 2007).
28
Anexo 10 a la petición inicial recibida el 24 de abril de 2006. Escrito presentado el 11 de octubre de 2005 ante la
Dirección de Actuaciones Procesales del Ministerio Público.
29
Anexo 11. Autopsia No. 872-96. Cuerpo Técnico de policía judicial. Medicatura Forense. 19 de noviembre de 1996
(Anexo 11 al escrito de los peticionarios del 14 de agosto de 2009).