270.
La Corte también ha dicho que las autoridades deben adoptar las medidas razonables
302
que permitan asegurar el material probatorio necesario para llevar a cabo la investigación .
271.
En cuanto a la importancia de la actuación de las autoridades que llevan a cabo las
diligencias iniciales de investigación, la Corte ha dicho que “la debida diligencia y los criterios de
independencia e imparcialidad, se extienden también a los órganos no judiciales a los que corresponda
la investigación previa al proceso judicial, realizada para determinar las circunstancias de una muerte y la
existencia de suficientes indicios para interponer una acción penal. Sin el cumplimiento de estas
exigencias, el Estado no podrá posteriormente ejercer de manera efectiva y eficiente su facultad
acusatoria y los tribunales no podrán llevar a cabo el proceso judicial que este tipo de violaciones
303
requiere” .
272.
Asimismo, y de especial relevancia para el presente caso, la Corte ha resaltado que
la obligación a cargo del Estado de actuar con debida diligencia en la práctica de una investigación
implica que todas las autoridades estatales están obligadas a colaborar en la recaudación de la
prueba para que sea posible alcanzar los objetivos de una investigación. La autoridad encargada
de la investigación debe velar para que se realicen las diligencias requeridas y, en el evento de
que esto no ocurra, debe adoptar las medidas pertinentes conforme a la legislación interna. A su
vez, las otras autoridades deben brindar al juez instructor la colaboración que éste les requiera y
304
abstenerse de actos que impliquen obstrucciones para la marcha del proceso investigativo .
273.
Si bien la obligación de investigar es una obligación de medios, y no de resultado, ésta
debe ser asumida por el Estado como un deber jurídico propio y no como una simple formalidad
305
condenada de antemano a ser infructuosa , o como una mera gestión de intereses particulares, que
dependa de la iniciativa procesal de las víctimas o de sus familiares o de la aportación privada de
306
elementos probatorios .
274.
La Comisión cuenta con piezas procesales aisladas del expediente de investigación de
la muerte de Igmar Alexander Landaeta Mejías, en la cual se practicaron varias diligencias. De análisis
de las piezas disponibles del expediente, la Comisión destaca, entre otras, las siguientes omisiones:
No obstante la investigación tuvo inicio inmediatamente después de ocurrido el hecho,
después del mes de enero de 1997 y hasta el 21 de julio de 1998, no se registran diligencias de
investigación. Durante todo el año 1997, las actuaciones procesales tuvieron que ver con la
terminación de la averiguación sumaria por parte del Juzgado de los Municipios Santiago Mariño y
Libertador y los recursos interpuestos contra esta providencia. Sin embargo, no hay constancia de
diligencias específicas durante este largo período.
…continuación
Manual Sobre la Prevención e Investigación Efectiva de Ejecuciones Extrajudiciales, Arbitrarias y Sumarias de las Naciones
Unidas, Doc. E/ST/CSDHA/.12 (1991).
302
Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de
2007. Serie C No. 166. Párr. 122.
303
Corte IDH. Caso Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 10 de julio de 2007. Serie C No. 167. Párr. 166.
304
Corte IDH. Caso García Prieto y otros Vs. El Salvador. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 20 de noviembre de 2007. Serie C No. 168. Párr. 112.
305
Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4. Párr. 177; Corte IDH. Caso
Cantoral Huamaní y García Santa Cruz Vs. Perú. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 10 de julio de
2007. Serie C No. 167. Párr. 131; y Corte IDH. Caso Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. Párr. 120.
306
Corte I.D.H., Caso Velásquez Rodríguez. Sentencia de 29 de julio de 1988. Serie C No. 4. Párr. 177; Corte IDH. Caso
Zambrano Vélez y otros Vs. Ecuador. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 4 de julio de 2007. Serie C No. 166. Párr. 120.