anteriores”, preocupando especialmente que 8 de las personas defensoras asesinadas fueran indígenas 42. 47. Además, en su último Informe sobre la situación de defensores y defensoras de derechos humanos presentado a finales del año 2020, la actual Relatora Especial sobre la situación de los defensores de derechos humanos de la ONU, Mary Lawlor, ha destacado a México como uno de los países donde se han producido más asesinatos de defensoras y defensores de derechos humanos 43, resaltando además que, si bien México era uno de los países del continente americano que había implementado mecanismos de protección de defensoras y defensores de derechos humanos que “habían salvado vidas”, había “mucho que mejorar”, indicando que la respuesta a las amenazas de muerte que recibían solía ser “deficiente” 44. Además, muy recientemente, la Secretaría de Gobernación mexicana (SEGOB) reconoció el asesinato de al menos 68 defensores de derechos humanos y 43 periodistas desde el 1 de diciembre de 2018 45, convirtiendo actualmente a México en uno de los países más peligrosos para la defensa de los derechos humanos 46. Lo anterior se inserta en un contexto mundial de violencia contra defensores y defensoras de derechos humanos donde, según información recopilada por el ACNUDH, desde el año 2015 han sido asesinadas 1.323 defensores y defensoras de derechos humanos en América Latina, convirtiéndola en la “región más afectada” 47. 48. El Tribunal también destaca que las mujeres defensoras de derechos humanos sufren obstáculos adicionales debido a su género, al ser víctimas de estigmatización, estar expuestas a comentarios de contenido sexista o misógino, o sufrir el hecho de que las denuncias presentadas por ellas no sean asumidas con seriedad 48. Asimismo, cabe señalar que, tal y como lo ha indicado el Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos en un informe de 2019, “es frecuente que, para silenciar a las defensoras, se recurra a amenazas de violencia, incluidas amenazas de violencia sexual” y que las defensoras “corren también el riesgo de ser víctimas de feminicidios, violaciones, ataques con ácido, detenciones arbitrarias, encarcelamientos, asesinatos y desapariciones forzada” 49. Cfr. ACNUDH y CIDH, “Se disparan los actos de violencia contra defensores de derechos humanos en América Latina, alertan ONU y CIDH”. 30 de mayo de 2019. Disponible en: https://www.onu.org.mx/se-disparan-los-actos-deviolencia-contra-defensores-de-derechos-humanos-en-america-latina-en-2019-alertan-onu-y-cidh/ 43 Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Mary Lawlor, de 24 de diciembre de 2020, A/HRC/46/35, párrs. 4, 41, 44 y 45. 44 Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Mary Lawlor, de 24 de diciembre de 2020, A/HRC/46/35, párr. 84, haciendo referencia a un Informe de Amnistía Internacional en 2007. Cfr. Amnistía Internacional, “América: situación de los mecanismos de protección para los defensores y defensoras de derechos humanos” (17 de mayo de 2017). 45 Cfr. Agencia EFE, “ONG denuncian persecución de defensor de derechos humanos en México”, noticia de 18 de noviembre de 2021. Disponible aquí: https://www.efe.com/efe/usa/mexico/ong-denuncian-persecucion-de-defensorderechos-humanos-en-mexico/50000100-4679312 46 Cfr. Front Line Defenders, Análisis Global 2020 sobre la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos (DDH) en riesgo en todo el mundo, pág. 4. Disponible aquí: https://www.frontlinedefenders.org/es/resourcepublication/global-analysis-2020 47 Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe de la Relatora Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Mary Lawlor, de 24 de diciembre de 2020, A/HRC/46/35, párr. 5. 48 Cfr. Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, Michel Forst, de 15 de julio de 2019, A/74/159, párr. 74. Disponible aquí: https://undocs.org/es/A/74/159 49 Cfr. Consejo de Derechos Humanos, Informe del Relator Especial sobre la situación de los defensores de los derechos humanos, de 10 de enero de 2019, A/HRC/40/60, párr. 42. 42 17

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