65. Según las actuaciones reseñadas, y de la información proporcionada por las partes, la Comisión advierte que la investigación fue objeto de suspensión y archivo provisional en 1997 y reactivada en el año 2010, encontrándose actualmente en etapa previa ante la Fiscalía Especializada 8ª de Medellín. 2. Proceso disciplinario 66. El 11 de enero de 1989 la señora Carmenza Vélez, esposa del señor Víctor Manuel Isaza Uribe presentó una queja respecto a la detención y posterior desaparición de su esposo, ante la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos. La señora Vélez presentó una ampliación de queja el 22 de julio de ese año, en la que denunció la falta de avances en la investigación penal; específicamente, alegó que el 17 de julio de 1989 acudió al Juzgado 64 de Instrucción Criminal a indagar sobre la investigación, donde le informaron que estaba archivada porque no había nadie que declarara, que desgraciadamente nadie hablaba. En dicha ampliación de queja, la señora Vélez manifestó “es imposible que no hagan nada sabiendo que lo sacaron de la cárcel hombres armados vestidos de militares y otros de civil” y que “gente trabajadora de la empresa INMARCO, que llega a esa hora vieron cuando los sacaban obligados inclusive a uno de los que sacaban lo golpearon porque él decía que lo sacaban de hay era para matarlo, lo sacaron privado y así lo subieron al carro amarrado con un lazo”. 21 . 67. actuaciones22: a) b) c) d) Según información proporcionada por el Estado, se llevaron a cabo las siguientes El 10 de marzo de 1989 la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos comisionó al Procurador Regional de Puerto Berrío para que realizara una visita al Juzgado a cargo del caso. A su vez, el 22 de abril de 1989, el Procurador de Puerto Berrío comisionó a la Personera Municipal para que visitara la investigación adelantada por la Inspección de la Policía de la localidad y, el 16 de mayo de 1989, comisionó a que se recepcionara el testimonio de la señora Camenza Vélez; El 1 de junio de 1989 el Procurador Regional de Puerto Berrío remitió informe evaluativo al Procurador Delegado para la Defensa de los Derechos Humanos, en el cual indica que de las pruebas allegadas, se infiere que el grupo de hombres sin identificar, al parecer serían de las FARC; La Personera Municipal de Puerto Nare, en cumplimiento de la comisión ordenada por la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, recepcionó los testimonios de los señores Orfano de Jesús Marín, Jorge Obed Rendón, Horacio de Jesús Urrego, Manuel García Gracia, Alejandro Acevedo Birgue y Gildardo Martínez; El 5 de junio de 1991 el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) remitió a la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos, un informe en el cual consta que en la época de los hechos existía una violencia generalizada contra diversos sectores de la población. En el informe se señala que los hombres que sacaron a Víctor Manuela Isaza de la cárcel del Municipio de Puerto Nare pertenecían al movimiento guerrillero FARC; 68. El 20 de octubre de 1992 la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos ordenó el archivo de la investigación “por no existir prueba que comprometa en la desaparición de Víctor Manuel Isaza Uribe a servidor público alguno”23. 21 Anexo 9. Ampliación de queja del 22 de julio de 1989, de la señora Carmenza Vélez, presentada como anexo a la petición 22 Anexo 10. Comunicación del Estado del 11 de octubre de 1991. inicial. Anexo 4. Resolución de la Procuraduría Delegada para los Derechos Humanos, del 20 de octubre de 1992. Anexo a comunicación enviada por los peticionarios del 4 de agosto de 1995. 23 12

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