2
remita sus observaciones sobre estos informes a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos dentro de las seis semanas siguientes a su recibo.
5.
Exhortar al Estado de Trinidad y Tobago y a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos a informar a la Corte Interamericana de
Derechos Humanos inmediatamente de cualquier acontecimiento significativo
referente a las circunstancias de Wenceslaus James, Anderson Noel, Anthony
García, Christopher Bethel, Darrin Roger Thomas, Haniff Hilaire, Denny
Baptiste, Wilberforce Bernard, Naresh Boodram, Clarence Charles, Phillip
Chotolal, George Constantine, Rodney Davis, Natasha De Leon, Mervyn
Edmund, Alfred Frederick, Nigel Mark, Wayne Matthews, Steve Mungroo, Vijay
Mungroo, Wilson Prince, Martin Reid, Noel Seepersad, Gangaleen Tahaloo,
Keiron Thomas, Samuel Winchester, Peter Benjamin, Kevin Dial, Andrew
Dottin, Anthony Johnson, Amir Mowlah, Allan Phillip, Krishandath Seepersad,
Narine Sooklal, Mervyn Parris y Francis Mansingh
2.
La comunicación del 31 de agosto de 2000, recibida en la Secretaría de la
Corte (en adelante la “Secretaría”) en la misma fecha, en la cual la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (en adelante la “Comisión” o la “Comisión
Interamericana”) presentaba a la Corte información detallada sobre el estado de los
casos de Anderson Noel, Christopher Bethel, Kevin Dial, Andrew Dottin y Anthony
Johnson.
3.
La comunicación del Estado de Trinidad y Tobago (en adelante el “Estado” o
“Trinidad y Tobago”) del 4 de septiembre de 2000, en la cual, conforme a la
Resolución de la Corte (supra 1), presentaba información sobre las circunstancias
que condujeron a la ejecución de Joey Ramiah.
4.
La nota del Estado, del 5 de septiembre de 2000, en la cual informaba a la
Corte que, de conformidad con su Resolución (supra 1), Trinidad y Tobago estaba en
el proceso de preparar su informe bimestral sobre el estado de las apelaciones y
ejecuciones programadas de James y otros y que estaría remitiendo dicho informe a
la Corte dentro de los catorce días siguientes.
5.
La comunicación de la Comisión del 18 de septiembre de 2000, en la cual
presentaba sus observaciones a la comunicación del Estado sobre el caso de Joey
Ramiah (supra 3).
6.
La nota de la Secretaría de la Corte del 18 de octubre de 2000, en la cual
solicitaba que Trinidad y Tobago remitiera su informe sobre las medidas
provisionales ordenadas por la Corte en el caso de James y otros.
CONSIDERANDO:
1.
Que Trinidad y Tobago ha sido un Estado Parte de la Convención Americana
desde el 28 de mayo de 1991 y que reconoció la competencia de la Corte el mismo
día.
2.
Que el Estado notificó su denuncia de la Convención al Secretario General de
la Organización de los Estados Americanos el 26 de mayo de 1998 y que, de
conformidad con el Artículo 78(1) de dicha Convención tal denuncia se hizo efectiva
el 26 de mayo de 1999.