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5.
El petitorio de la Comisión, contenido en las mismas observaciones, por el
cual solicitó a la Corte que:
a.
Inste al Estado a dar cumplimiento a las medidas a favor de Islena Rey
y Mariela Giraldo;
b.
Continúe suministrando información específica y detallada sobre las
gestiones para dar cumplimiento a las medidas de protección, en particular
con relación a las señora Islena Rey y con la posibilidad de reabrir el Comité
Cívico por los Derechos Humanos del Meta;
c.
Suministre información específica sobre el avance de la investigación
judicial de los hechos que originaron las medidas, incluyendo el número de
detenciones efectuadas y la separación del cargo de miembros de la fuerza
pública sobre los que existen indicios de apoyo a la labor de los grupos
paramilitares, y
d.
Convoque y continúe participando en reuniones con las personas
protegidas y los peticionarios con el objeto de monitorear la implementación
de las medidas.
6.
El decimoséptimo informe del Estado de 17 de septiembre de 1999 mediante
el cual detalló las medidas tomadas para la protección de la señora Islena Rey de la
siguiente manera:
a.
su esquema residencial: comprende la vigilancia de su residencia
durante 24 horas del día en turnos de seguridad a cargo de tres unidades de la
estación de Protección a Dignatarios, quienes llevan dos años en su esquema, gozan
de la confianza de la protegida y su actividad es supervisada por parte de un oficial y
una suboficial en forma permanente.
b.
su esquema de instalaciones: comprende la vigilancia y seguridad de
su sitio de trabajo durante las 24 horas del día a cargo de tres unidades de la
Estación Protectora a Dignatarios y que el esquema ha contado con la aprobación de
la protegida.
c.
su esquema personal: se encontraba a cargo de la Estación de
Protección a Dignatarios de la Policía del Meta hasta el 14 de agosto de 1999, cuando
por solicitud de la protegida se cambió y asumió el esquema de unidades del
Departamento Administrativo de Seguridad, entidad que en coordinación con la
Policía Nacional la dotó de un vehículo y le asignó dos escoltas.
d.
sus medios y elementos: el esquema de seguridad personal contaba
con la asignación de la Policía Nacional, radios de comunicación, celulares y armas de
corto y largo alcance.
e.
aciertos: las excelentes relaciones que se han llevado a cabo con la
protegida, la voluntad de la misma de asistir a las reuniones que tratan asuntos
relacionados con su seguridad y el informe que la protegida registra algún hecho
relevante que debe ser de conocimiento del comando de la Unidad, colocándole a su
disposición números telefónicos a los cuales en forma inmediata se atiende a
cualquier hora del día o de la noche.