30 2. Jaime Jaramillo Panneso, Consejero de Paz y Cultura de la Gobernación de Antioquia “Podrían ser unas quince o veinte familias” las desplazadas en el corregimiento de El Aro con ocasión de la incursión de octubre de 1997. La Gobernación ofreció asistencia alimenticia para los desplazados, así como protección y ayuda para regresar a sus viviendas. Por la dispersión en que se encontraban las familias era difícil ubicarlas y apoyarlas. Algunas de estas ayudas se hicieron en coordinación con la Red de Solidaridad Social. La Gobernación de Antioquia, a través de los consejos de seguridad, coordinaba las acciones de la Fuerza Pública, e impulsaba las tareas con la Fiscalía, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría. Esto es lo que el Gobernador denominó REDIS (Redes de Información de Seguridad), donde participaban no sólo los integrantes de la Fuerza Pública, sino también los organismos de control e investigación. PERITAJES a) Peritajes propuestos por los representantes 1. Bjorn Pettersson, consultor independiente en el campo de los derechos humanos y especialmente en el tema de desplazamiento interno A través de las múltiples entrevistas y visitas de campo realizadas concluyó que: a) las autoridades no adoptaron las medidas preventivas a pesar de saber que existía una incursión paramilitar en Ituango; b) las masacres en Ituango fueron realizadas por grupos paramilitares que actuaron conjuntamente con las fuerzas armadas de Colombia, o que al menos contaron con la aquiescencia o tolerancia de éstas; y c) a un número grande de personas se les obligó a desplazarse sin asistencia de emergencia, ni apoyo estatal para su nuevo establecimiento y reintegración voluntaria. Los actos supuestamente perpetrados por grupos paramilitares, tales como mutilaciones y otras torturas seguidas por ejecuciones extrajudiciales, habían sido realizados con "extrema brutalidad". El grupo paramilitar involucrado permaneció varios días en la zona, recibiendo apoyo militar y logístico de las fuerzas armadas colombianas. En relación a los desplazamientos forzados, el Estado colombiano estaba obligado, de conformidad con la legislación local, así como con la normativa internacional, a lo siguiente: a) prevenir la masacre y desplazamiento; b) investigar los actos violentos, llevar a cabo juicios y sancionar a los responsables; c) proteger a la población desplazada de violaciones adicionales; d) proveer a los desplazados con asistencia humanitaria en las áreas de alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta; y e) asegurar el retorno seguro y voluntario a sus hogares, así como la reintegración local o el nuevo establecimiento en otra parte del país. La población desplazada se encontraba sin acceso a los servicios de salud, alimentación, vivienda y educación. Las medidas impulsadas por el Estado para que los desplazados regresaran a sus comunidades de origen se impulsaron sin que se pudieran garantizar condiciones de

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