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coordinador general, desde hace ocho años, de una organización no
gubernamental de derechos humanos, denominada “Una Ventana a la Libertad”.
Dicha organización se dedica a la defensa y promoción de los derechos humanos
en las cárceles de Venezuela. Además, el señor Nieto Palma es profesor de la
Universidad Católica Andrés Bello y de la Universidad Central de Venezuela. La
mencionada solicitud fue presentada por el Centro de Derechos Humanos de la
Universidad Católica Andrés Bello, el Programa Venezolano de Educación-Acción
en Derechos Humanos (PROVEA), la Vicaría Episcopal de Derechos Humanos de
la Arquidiócesis de Caracas, el Servicio Jesuita para los Refugiados, los Centros
Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP), la Red de Apoyo por la Justicia y la Paz,
asistidos por el señor Héctor Faúndez Ledesma;
c)
el domingo 6 de junio de 2003, a las 3:30 p.m., el señor Carlos Nieto Palma fue
visitado por tres agentes de la policía política (DISIP), dependiente del Ministerio
de Interior y Justicia, quienes le informaron que tenían la orden de realizar una
visita domiciliaria y le indicaron que carecían de una orden judicial para allanar su
vivienda, pero que como miembros de la policía política querían conversar con él.
Sólo uno de los agentes le mostró su credencial y se identificó como el
“Comisario Rodríguez”. Los policías permanecieron junto a la puerta de su casa
durante más de diez minutos y, ante su insistencia de conversar con él en el
interior de ésta, el señor Nieto Palma les permitió pasar a su sala;
d)
de acuerdo con lo señalado por los representantes, los policías dejaron claro que
conocían las actividades del señor Carlos Nieto Palma y de su familia, así como
detalles “íntimos de su vida privada”.
El señor Nieto Palma fue interrogado
sobre su trabajo como defensor de derechos humanos, el trabajo que realiza en
las cárceles de Venezuela y si conocía a los presos políticos de la Plaza Altamira,
si los había defendido y por qué. Además, le preguntaron sobre el motivo por el
cual recibía dinero de un gobierno extranjero para el financiamiento de su
organización no gubernamental, “Una Ventana a la Libertad”.
Durante el
interrogatorio, el señor Nieto Palma se sintió intimidado por las reiteradas
oportunidades en que los agentes policiales hicieron mención de su sobrino John
Carmelo Laicono Nieto, de nueve meses de edad, “lo bello que estaba en las
fotografías, al clima de inseguridad en la ciudad de Caracas y a la posibilidad de
que algo malo pudiera ocurrirle”;
e)
el viernes 18 de junio de 2004 a las 10:00 a.m., el señor Carlos Nieto Palma
recibió una citación para comparecer “inmediatamente” a la Fiscalía 27 del Área
Metropolitana de Caracas. Ese mismo día, a las 3:30 de la tarde, el señor Nieto
Palma se presentó a la Fiscalía, asistido por los abogados Carlos Simón Bello y
Alejandro Rodríguez. El Fiscal Antonio Rodríguez Landaeta lo atendió y le
informó que había sido citado en calidad de testigo sin indicar en qué proceso. El
objeto del interrogatorio al que fue sometido “parecía sugerir que el señor Nieto
Palma era el acusado de cometer algún delito”. El interrogatorio giró en torno al
financiamiento de la organización no gubernamental “Una Ventana a la Libertad”,
y si él era el abogado de “los tira piedra de Altamira”, expresión usada por el
fiscal, para dirigirse a algunos dirigentes de oposición al Gobierno del Presidente
Hugo Chávez Frías, que el señor Nieto Palma había representado en su carácter
de letrado. Durante dicho interrogatorio el fiscal lo acusó de “traidor a la patria”;
f)
el mismo 18 de junio de 2004, cuando el señor Nieto Palma regresó a su casa de
la sede de la fiscalía, notó que su computadora ya no funcionaba, pese a que en
la mañana de ese mismo día trabajaba perfectamente. Se ignora si alguien entró
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