- 9adecuada asistencia jurídica y atención médica y psicológica; (f) su contacto con distintos agentes estatales en el marco de las diversas investigaciones y procesos por los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006, las acciones que tomó y los resultados de estas en dichos procesos y en su acceso a la justicia; (g) las afectaciones sufridas por ella y su familia por los hechos descritos, y (h) sobre posibles medidas de reparación. 6. Cristina Sánchez Hernández, quien declarará sobre: (a) los motivos por los que se encontraba en el escenario del operativo policiaco del 3 y 4 de mayo de 2006, en Texcoco y San Salvador Atenco; (b) lo que vio al llegar y las acciones que tomó ante el clima de violencia; (c) las circunstancias de su detención, incluyendo el alegado uso excesivo de la fuerza empleada en la misma; (d) la alegada violencia física, psicológica y sexual que sufrió y de la que fue testigo a partir de la detención, incluyendo en su traslado del lugar de detención, hasta llegar al CEPRESO; (e) lo que ocurrió al llegar al CEPRESO, incluyendo los alegados nuevos actos de violencia y la alegada ausencia de adecuada asistencia jurídica y atención médica y psicológica; (f) su contacto con distintos agentes estatales en el marco de las diversas investigaciones y procesos por los hechos del 3 y 4 de mayo de 2006, las acciones que tomó y los resultados de estas en dichos procesos y en su acceso a la justicia; (g) las afectaciones sufridas por ella y su familia por los hechos descritos, y (h) sobre posibles medidas de reparación. B. Peritos Propuesta por la Comisión 1. Elizabeth Salmón, quien rendirá un peritaje sobre los estándares internacionales relevantes que determinan las obligaciones estatales de respeto y garantía en materia de la violencia contra la mujer y, particularmente, la violencia y violación sexual. La perita se referirá al desarrollo del derecho internacional en cuanto a i) la valoración probatoria en este tipo de casos, y ii) la calificación jurídica de ciertos hechos como violación sexual y tortura. Así mismo, aplicará los elementos desarrollados en su peritaje a los hechos del presente caso. Propuestos por los representantes 2. Regina Tames, quien rendirá un peritaje sobre: i) la alegada inefectividad de las medidas estructurales que ha implementado México para hacer frente a la alegada violencia histórica y estructural contra las mujeres, especialmente contra la tortura sexual cometida por agentes estatales, y ii) sobre las medidas y políticas públicas necesarias y adecuadas para que hechos como los del presente caso no vuelvan a repetirse. 3. Duarte Nuno Pessoa Vieira, quien rendirá un peritaje sobre: i) las obligaciones del Estado en materia de atención y documentación médica y psicológica en casos de posible tortura, especialmente en casos de violencia sexual a mujeres detenidas y privadas de libertad; ii) las obligaciones estatales respecto de las diligencias inmediatas que deben llevar adelante los médicos y otras autoridades para brindar un tratamiento adecuado a las mujeres víctimas de tortura sexual; iii) las implicaciones que acarrea el actual marco normativo y diseño institucional de los servicios periciales en México, en

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