23 63. Al medio día, tras concluir el asesinato de las personas concentradas en “la ermita”, varios soldados ingresaron a la casa del señor Alfredo Márquez – donde estaban las mujeres y los niños más pequeños – expresándoles “hoy sí mujeres, a los hombres ya los liberamos sólo quedan ustedes. Vamos a sacarlas por grupos, porque por grupos las vamos a mandar a sus casas, a Gotera adonde uds. quieran”44. A partir de ese momento, las mujeres fueron sacadas en grupos siendo obligadas a abandonar a sus hijos en dicho lugar, algunos de los cuales eran recién nacidos45. Como narró Rufina Amaya: Luego, los soldados sacaron al primer grupo que eran las mujeres más jóvenes, quitándoles a todas sus niños y dejando a esos niños encerrados con las mujeres que quedaban. Los grupos que sacaban ya no regresaban, solamente se escuchaban sin cesar las ametralladoras. Regresaron a llevarse otro grupo, los soldados, y así se llevaron a todas las mujeres por grupos, llevándose primero a las más jóvenes y terminando con las de mayor edad. Todos los niños se quedaron en la casa de la tienda, y entre ellos de todas edades, comenzando desde dos días de nacidos que eran los que lloraban más. Luego, le llegó el turno a la declarante, la sacaron con un grupo de varias mujeres, dejando con los niños nada más como veinte mujeres. A las cinco de la tarde, la sacaron a la declarante junto con veintidós mujeres, y la declarante era la última de la fila, porque luchó para no (sic) le quitaban a su hijita de ocho meses, que tenía entre sus brazos, como tampoco no (sic) dejó que le quitaran un escapulario que andaban (sic) en su pecho, ya que los soldados todo le quitaban a la gente, pero al fin de forcejear, dos soldados le quitaron a la fuerza a su pequeña hija y la separaron de sus tres pequeños hijos de quienes no se quería separar. La niña tierna de la declarante, fue dada por los soldados al niño más grandecito (sic) para que no se quedara en el suelo. Y así la declarante llorando amargamente se vio obligada a separarse de sus hijos, quienes le gritaban que no se fuera. Llevaron el (sic) grupo de mujeres donde iba la declarante, hacia la casa del señor ISRAEL MARQUEZ, llegando allí, vio que la casa en mención estaba llena de muertos de los grupos que habían ido sacando, y hasta corría sangre por el piso de la casa; al ver semejante atrocidad, las mujeres exceptuando la declarante, se abrazaban unas con otras, gritando, llorando y pidiendo a los soldados que Rufina Amaya declaró también que en ese momento pudo ver cuando su compañero de vida y padre de sus hijos había sido asesinado. Según indicó: “La declarante vio, cuando sacaron a su compañero de vida DOMINGO CLAROS y aun (sic) señor de nombre SEGUNDO CHICAS de la ermita y los llevaban para la casa de habitación de la declarante, y que los dos se quisieron correr, por lo cual los soldados los ametrallaron y luego les quitaron la cabeza. En ese momento, el niño más grande de la declarante, es decir CRISTINO, le dijo: “Mamá, hay (sic) llevan a mi papa (sic)”, y cuando dicho niño vio cuando mataron a su padre, lloraba diciéndole a su madre: “Mama (sic), vámonos porque también a nosotros nos van a matar”, pero la declarante solamente le contestaba: “Y como nos vamos a ir que no ves que nos tienen encerrados”. 44 Tutela Legal del Arzobispado. Las ejecuciones masivas en el caserío El Mozote y otros sitios aledaños. 23 de julio de 1992 (Anexo A al escrito de los peticionarios de 11 de noviembre de 2002); y Declaración de Rufina Amaya Vda. de Márquez ante la Oficina de Tutela Legal del Arzobispado de 10 de octubre de 1990. (Anexo a la petición inicial de 30 de octubre de 1990). La declaración de la señora Rufina Amaya también fue referida en un reporte del Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas (IDHUCA). Ver: Reporte del IDHUCA. Consideraciones sobre la impunidad a propósito de la masacre del El Mozote. Número 451 de 7 de noviembre de 1990. 45 Tutela Legal del Arzobispado. Las ejecuciones masivas en el caserío El Mozote y otros sitios aledaños. 23 de julio de 1992 (Anexo A al escrito de los peticionarios de 11 de noviembre de 2002).

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