-5costas, así como las declaraciones testimoniales del señor Marcel Claude Reyes,
propuesto por la Comisión, del señor Eduardo Jorge Moyano Berríos, propuesto por el
Estado, así como los dictámenes periciales del señor Ernesto Villanueva, propuesto por la
Comisión, del señor Roberto Mayorga Lorca, propuesto por el representante de las
presuntas víctimas, y del señor Carlos Carmona Santander, propuesto por el Estado.
Además, en esta Resolución la Corte informó a las partes que contaban con plazo hasta el
18 de mayo de 2006 para presentar sus alegatos finales escritos en relación con el fondo
y las eventuales reparaciones y costas. Asimismo, el Tribunal admitió el ofrecimiento
probatorio realizado por el representante en su escrito de solicitudes y argumentos y le
requirió que presentara directamente las pruebas al Tribunal.
24.
El 17 de febrero de 2006 el representante de las presuntas víctimas y el Estado
solicitaron una prórroga para presentar los testimonios y peritajes a través de declaración
rendida ante fedatario público, en respuesta a lo requerido en la Resolución emitida por
el Tribunal el 7 de febrero de 2006. El Presidente de la Corte concedió la prórroga
solicitada hasta el 10 de marzo de 2006 para el representante, el Estado y la Comisión.
25.
El 17 de febrero de 2006 la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) presentó un
escrito mediante el cual solicitó, “en su carácter de denunciante original ante la
Comisión”, que se autorizara su intervención en la audiencia pública que se realizaría el
día 3 de abril de 2006. La Secretaría, siguiendo instrucciones del Presidente, admitió el
escrito presentado por la ADC en calidad de amicus curiae. En cuanto a la solicitud de
participar en la audiencia pública no se admitió la participación directa de la referida
asociación; y se le indicó que solamente podrían exponer sus alegatos las personas
acreditadas por las partes en el caso.
26.
El 10 de marzo de 2006 la Comisión Interamericana remitió las declaraciones
escritas de los testigos Luis Sebastián Cox Urrejola y Arturo Longton Guerrero. Ese
mismo día Chile remitió las declaraciones escritas de los testigos Andrés Emilio
Culagovski Rubio y Liliana Guiditta Macchiavelo Martini y del perito Claudio Francisco
Castillo Castillo (supra párrs. 23 y 24).
27.
El 13 de marzo de 2006 el representante de las presuntas víctimas remitió las
declaraciones escritas de los peritos Tomás Vial Solar, Miguel Ángel Fernández González y
Davor Harasic Yaksic (supra párrs. 23 y 24). Asimismo, el representante remitió cuatro
documentos “emanados con posterioridad a la presentación del escrito de solicitudes”,
“[d]e conformidad [con e]l artículo 44.3 del Reglamento” de la Corte. Además, en
relación con la prueba cuya presentación fue admitida por la Corte en su Resolución de 7
de febrero de 2006 (supra párr. 23), el representante remitió un informe emitido el 15 de
febrero de 2006 por el Presidente de la Comisión Asesora Presidencial para la Protección
de los Derechos de las Personas, así como también presentó una comunicación del
Director Ejecutivo del Open Society Justice Iniciative de 20 de febrero de 2006, mediante
la cual remitió un informe titulado “Transparency and Silence. A Survey of Access to
Information Laws and Practices in Fourteen Countries”. Finalmente, el representante
remitió dos escritos presentados en calidad de amici curiae por el Centro de Estudios
Legales y Sociales (CELS) y los señores Damián M. Loreti y Analía Elíades (profesores de
la Cátedra UNESCO-Libertad de Expresión de la Facultad de Periodismo y Comunicación
Social de la Universidad Nacional de La Plata), y por el señor Gastón Gómez Bernales
(profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales). El referido escrito
del representante y sus anexos fueron recibidos primeramente mediante correo
electrónico de 10 de marzo de 2006.
28.
El 27 de marzo de 2006 la Comisión presentó un escrito, mediante el cual indicó