146
por parte de las fuerzas de seguridad, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones
forzadas748.
507. De igual modo, los testimonios brindados por los familiares de las víctimas en
el presente caso dan cuenta de las amenazas e intimidaciones de las que fueron objeto
miembros y dirigentes del GAM y de FAMDEGUA como consecuencia de su participación en
tales organizaciones749. En particular, Aura Elena Farfán, fundadora de FAMDEGUA,
manifestó en su testimonio que en una ocasión dos hombres armados detuvieron el vehículo
en el que se encontraba “y nos llevaron rumbo a Amatitlán, por supuesto no fue tan
pacífico, sino que el arma en cuanto me la ponían en la cabeza, me la ponían en la espalda,
o en el…en las costillas. (…) Me pidieron que me identificara, verdad? Que entregara mi
cédula para identificarme. Identificaron mi apellido, mi región de nacimiento y una serie de
preguntas (…) Y respondía a las preguntas que... que se me hacían, verdad? qué hacíamos,
a dónde íbamos, cuál era el trabajo, por qué lo hacíamos, quiénes trabajaban con nosotros,
quiénes nos daban dinero, por qué acusábamos al ejército. Y, definitivamente, eran
miembros del ejército; le digo esto porque los miembros del ejército se reconocen por su
complexión, por su recorte de pelo”750.
508. Igualmente, en relación a los continuos seguimientos a miembros del GAM,
María Ofelia Salanic Chiguil manifestó, refiriéndose a su padre, que: “A veces, él se iba solo
y dice que lo…lo seguían hombres, y siempre le andaban siguiendo los pasos. Incluso yo lo
acompañé varias veces y sí me daba cuenta de que los vigilaban (…)”751. Asimismo, Miguel
Ángel Alvarado Arévalo, al referirse a la experiencia de su madre, expresó que: “En alguna
ocasión ella vino y nos contó que al salir de la…de la… de la sede, del Grupo de Apoyo que
estaba en esa ocasión en la zona 11, pues había unos hombres con un carro de vidrios
polarizados que los siguieron a marcha lenta por un buen trecho y ellos, apresurando el paso,
trataron de irse y ese tipo de intimidaciones recibieron”752. Tales circunstancias generaron un
efecto amedrentador en los familiares de algunas víctimas detenidas desaparecidas, quienes
prefirieron abstenerse de participar activamente en dichas organizaciones por miedo a las
represalias753.
509. Tomando en cuenta las anteriores consideraciones, la Comisión considera
que en la época de los hechos del presente caso objetivamente no existían garantías para
denunciar libremente las graves violaciones a los derechos humanos en Guatemala, así como
para que los familiares de las víctimas pudieran reunirse libre de amenazas y hostigamientos
en las asociaciones que conformaron para la búsqueda de sus familiares detenidos
desaparecidos. La evidencia presentada por los peticionarios, y no negada por el Estado,
muestra que en efecto los familiares de varias víctimas del presente caso fueron
748
CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en la República de Guatemala,
OEA/Ser.L/V/II.66, aprobado el 3 de octubre de 1985, cap. 2, párrs. 92-97.
749
Ver, por ejemplo, escrito de los peticionarios recibido el 26 de marzo de 2007. Anexo XXXIV-N.
Testimonio de Hugo Leonel Ramírez Gálvez del 28 de enero de 2005; y escrito de los peticionarios recibido el 23 de
marzo de 2009. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez del 24 de marzo de 2008.
750
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-G. Declaración de Aura Elena Farfán del
7 de febrero de 2005.
751
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo
Salanic Chiguil del 9 de febrero de 2005.
XXXIII-F. Declaración de María Ofelia
752
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Declaración de conjunta de Miguel Ángel Alvarado
Arévalo y Tania Marbella Alvarado Arévalo del 2 de noviembre de 2004.
753
Ver, por ejemplo, petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXVIII-D. Declaración de
Reyna de Jesús Escobar Rodríguez y Marlyn Carolina Hernández Escobar del 2 de marzo de 2005; y Anexo XXX-G.
Declaración de Ana Dolores Monroy Peralta de Calvo del 2 de noviembre de 2004. Escrito de los peticionarios
recibido el 23 de marzo de 2009. Declaración de Rudy Alberto Figueroa Maldonado del 28 de marzo de 2008.