146 por parte de las fuerzas de seguridad, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas748. 507. De igual modo, los testimonios brindados por los familiares de las víctimas en el presente caso dan cuenta de las amenazas e intimidaciones de las que fueron objeto miembros y dirigentes del GAM y de FAMDEGUA como consecuencia de su participación en tales organizaciones749. En particular, Aura Elena Farfán, fundadora de FAMDEGUA, manifestó en su testimonio que en una ocasión dos hombres armados detuvieron el vehículo en el que se encontraba “y nos llevaron rumbo a Amatitlán, por supuesto no fue tan pacífico, sino que el arma en cuanto me la ponían en la cabeza, me la ponían en la espalda, o en el…en las costillas. (…) Me pidieron que me identificara, verdad? Que entregara mi cédula para identificarme. Identificaron mi apellido, mi región de nacimiento y una serie de preguntas (…) Y respondía a las preguntas que... que se me hacían, verdad? qué hacíamos, a dónde íbamos, cuál era el trabajo, por qué lo hacíamos, quiénes trabajaban con nosotros, quiénes nos daban dinero, por qué acusábamos al ejército. Y, definitivamente, eran miembros del ejército; le digo esto porque los miembros del ejército se reconocen por su complexión, por su recorte de pelo”750. 508. Igualmente, en relación a los continuos seguimientos a miembros del GAM, María Ofelia Salanic Chiguil manifestó, refiriéndose a su padre, que: “A veces, él se iba solo y dice que lo…lo seguían hombres, y siempre le andaban siguiendo los pasos. Incluso yo lo acompañé varias veces y sí me daba cuenta de que los vigilaban (…)”751. Asimismo, Miguel Ángel Alvarado Arévalo, al referirse a la experiencia de su madre, expresó que: “En alguna ocasión ella vino y nos contó que al salir de la…de la… de la sede, del Grupo de Apoyo que estaba en esa ocasión en la zona 11, pues había unos hombres con un carro de vidrios polarizados que los siguieron a marcha lenta por un buen trecho y ellos, apresurando el paso, trataron de irse y ese tipo de intimidaciones recibieron”752. Tales circunstancias generaron un efecto amedrentador en los familiares de algunas víctimas detenidas desaparecidas, quienes prefirieron abstenerse de participar activamente en dichas organizaciones por miedo a las represalias753. 509. Tomando en cuenta las anteriores consideraciones, la Comisión considera que en la época de los hechos del presente caso objetivamente no existían garantías para denunciar libremente las graves violaciones a los derechos humanos en Guatemala, así como para que los familiares de las víctimas pudieran reunirse libre de amenazas y hostigamientos en las asociaciones que conformaron para la búsqueda de sus familiares detenidos desaparecidos. La evidencia presentada por los peticionarios, y no negada por el Estado, muestra que en efecto los familiares de varias víctimas del presente caso fueron 748 CIDH, Tercer Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en la República de Guatemala, OEA/Ser.L/V/II.66, aprobado el 3 de octubre de 1985, cap. 2, párrs. 92-97. 749 Ver, por ejemplo, escrito de los peticionarios recibido el 26 de marzo de 2007. Anexo XXXIV-N. Testimonio de Hugo Leonel Ramírez Gálvez del 28 de enero de 2005; y escrito de los peticionarios recibido el 23 de marzo de 2009. Declaración de Makrina Gudiel Álvarez del 24 de marzo de 2008. 750 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-G. Declaración de Aura Elena Farfán del 7 de febrero de 2005. 751 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo Salanic Chiguil del 9 de febrero de 2005. XXXIII-F. Declaración de María Ofelia 752 Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Declaración de conjunta de Miguel Ángel Alvarado Arévalo y Tania Marbella Alvarado Arévalo del 2 de noviembre de 2004. 753 Ver, por ejemplo, petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XXVIII-D. Declaración de Reyna de Jesús Escobar Rodríguez y Marlyn Carolina Hernández Escobar del 2 de marzo de 2005; y Anexo XXX-G. Declaración de Ana Dolores Monroy Peralta de Calvo del 2 de noviembre de 2004. Escrito de los peticionarios recibido el 23 de marzo de 2009. Declaración de Rudy Alberto Figueroa Maldonado del 28 de marzo de 2008.

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