76
267. El 6 de octubre de 1987 los familiares solicitaron la reactivación del caso y el
7 de septiembre de 1999, ante la aparición del Diario Militar, los familiares pidieron que se
reabra el caso en virtud de la nueva prueba aportada336. El 14 de junio de 2004 la señora
Aura Elena Farfán presentó un memorial al Fiscal General de la República solicitando el
nombramiento de Juez Contralor en la investigación del caso Diario Militar. Los familiares
también acudieron a FAMDEGUA337.
268. El caso de la víctima se encuentra incluido en el Informe de la Comisión para
el Esclarecimiento Histórico338.
269. El Estado informó que en el año 1999 se recibió la ficha general de datos de
la víctima y se recibió la declaración a su hermana. En el año 2002 se solicitó información al
TSE y al SAT y la certificación de la cédula de vecindad y la partida de nacimiento. En el año
2006 se solicitó información al Departamento de Tránsito, a la Dirección General de
Migración, al Departamento de Registro y Estadística de la USAC, a la AEU, al RTU-SAT,
nuevamente la certificación de la partida de nacimiento y asiento de cédula de la víctima y
su hermana. En el año 2008 se solicitó información a la Procuraduría de los Derechos
Humanos, al Programa Nacional de Resarcimiento y a la Fundación de Antropología
Forense339.
270. En los registros del Archivo de la Policía consta una información confidencial
de 3 de noviembre de 1983 (No. 2-1230-IO/83) que establecía que en las instalaciones de la
Dirección General de Caminos se distribuía propaganda subversiva y que algunos empleados
portaban armas de fuego. Según esos registros también, el 27 de septiembre de 1984, la
hermana de la víctima Aura Elena Farfán declaró ante la Dirección de Investigaciones
Técnicas y a pesar de las diligencias vinculadas con los recursos de habeas corpus, la
víctima no estaba registrada como detenida en dependencias policiales340.
271. De acuerdo a la información proporcionada por los peticionarios y no
controvertida por el Estado, se han identificado como familiares afectados por la
desaparición forzada de Rubén Amílcar Farfán, a las siguientes personas: Aura Elena Farfán
(hermana de la víctima y peticionaria), Adela Farfán Izquierdo (madre de la víctima), Luis
Alberto Velásquez Farfán (hermano de la víctima), Aura Elena Suchini Farfán (sobrina de la
víctima), Manuel Antonio Mendoza Farfán (sobrino de la víctima) y Mario Alfredo Farfán
(sobrino de la víctima)341.
336
Consta en expediente ante CIDH. Caso 9.554. Escrito de la peticionaria, Aura Elena Farfán, recibido el
7 de setiembre de 1999. El caso fue tratado en una resolución general sobre desaparición forzada en Guatemala
25/86.
337
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-R. Ficha de información de la víctima en
FAMDEGUA.
338
Petición inicial recibida el 9 de diciembre de 2005. Anexo XL-I. Comisión para el Esclarecimiento
Histórico, Guatemala. Memoria del Silencio, Tomo VI, Casos ilustrativos, Anexo I, Caso Ilustrativo No 48, pp. 145153.
339
Escrito del Estado recibido el 17 de octubre de 2008. Anexo XIX. Solicitud de información cursada por
el Ministerio Público a la Procuraduría de los Derechos Humanos el 14 de abril de 2008, folio 157; solicitud de
información cursada por el Ministerio Público al Programa Nacional de Resarcimiento el 11 de junio de 2008, folio
163; y solicitud de información cursada por el Ministerio Público a la Fundación de Antropología Forense el 3 de
julio de 2008, folio 165.
340
Escrito del Estado recibido el 20 de marzo de 2009. Anexo B. Copia del Archivo Histórico de la Policía
Nacional, folio 228.
341
Escrito de los peticionarios recibido el 22 de junio de 2010.