entendía que una mujer "honorable" intentaría al menos defender su honor, por lo que el delito exigía resistencia física 123. Esta lógica ya era verificable en las leyes de la Europa medieval y se justificaba por el escaso grado de sofisticación en la evaluación de las pruebas en los juicios (en los que se requerían signos claros de resistencia física o testimonios visuales o auditivos) 124 y porque el objetivo de las leyes era la protección de los valores morales - y no la autonomía sexual de la víctima 125. 65. Cabe señalar que la resistencia de la víctima, como condición de la ilegalidad de la acción, no abarca situaciones, como la del caso que nos ocupa, que deben ser consideradas violación sexual. Según el resumen realizado por la Corte EDH de la pericia recibida en el caso M.C. vs. Bulgaria (2003), muy similar al de la Sra. Losada y al que se hace referencia en la Sentencia, existen patrones diversos de reacción ante la violencia sexual: The experts stated, with reference to scientific publications in several countries, that two patterns of response by rape victims to their attacker were known: violent physical resistance and “frozen fright” (also known as “traumatic psychological infantilism syndrome”). The latter was explained by the fact that any experience-based model of behaviour was inadequate when the victim was faced with the inevitability of rape. As a result, the victim, terrorised, often adopted a passive-response model of submission, characteristic of childhood, or sought a psychological dissociation from the event, as if it were not happening to her. The experts stated that all the scientific publications they had studied indicated that the “frozen-fright pattern” prevailed. Further, they had conducted their own research for the purposes of their written opinion in the present case. They had analysed all the cases of young women aged 14 to 20 who had contacted two specialised treatment programmes for victims of violence in Bulgaria during the period from 1996 to 2001, declaring that they had been raped. Cases that were too different from that of the applicant had been excluded. As a result, twenty-five cases had been identified, in twenty-four of which the victim had not resisted violently but had reacted with passive submission 126. 66. La resistencia exigida por el tipo penal dificulta, además, la resolución penal de los casos por motivos probatorios, ya que el Poder Judicial exigiría, bajo esta óptica, la prueba física no sólo de la incapacidad de resistencia, sino también de la demostración de la tentativa de resistir, requisitos difícilmente demostrables. Esta situación se ve agravada por el hecho de que, por diversas razones (entre ellas el miedo a las represalias, la pérdida del apoyo familiar o el estigma social), muchas víctimas no denuncian inmediatamente la violencia sexual. Esto es especialmente cierto en el caso de los niños, que pueden no darse cuenta de que los actos cometidos contra ellos constituyen un crimen. En consecuencia, las víctimas que tardan en denunciar la violencia se enfrentan a menudo a la dificultad - o incluso la imposibilidad - de obtener pruebas físicas o médicas, como lesiones corporales, para demostrar que se empleó violencia física adicional durante la violación. 67. En la mayoría de los Estados que no han llevado a cabo una reforma sustancial de la definición de los delitos sexuales, su definición sigue basándose en estos conceptos Ibid., p. 125-6. Cfr. KRATZER-CRYLAN, Ceylan. Finalität, Widerstand, “Bescholtenheit”: Zur Revision der Schlüsselbegriffe des § 177 StGB. In: Schriften zum Strafrecht (SR), Band 274. Berlin: Duncker & Humboldt (2015), p. 109; HÖRNLE, Tatiana. #MeToo – Implications for Criminal Law? Bergen Journal of Criminal Law and Criminal Justice, vol. 6, 2 (2018), p. 125. 125 Cfr. HÖRNLE, Tatiana. #MeToo – Implications for Criminal Law? Bergen Journal of Criminal Law and Criminal Justice, vol. 6, 2 (2018), p. 125. 126 Cfr. CEDH. M.C. vs. Bulgaria, no. 39272/98, 2003, párr. 70-1. 123 124 22

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