94. Aunque las relaciones sexuales entre familiares, consentidas o no, se conocen popularmente como "incesto", es crucial diferenciar el "incesto" de la "violación incestuosa", esta última también conocida como violencia sexual intrafamiliar. La penalización del incesto en su modalidad consentida entre personas que han alcanzado la edad de consentimiento, que fue objeto de un acalorado debate en el paradigmático "caso del incesto" de la Corte Constitucional Alemana en 2008 176, no se debatirá en este voto, ni fue exigida por las víctimas, que centraron sus argumentos en la "violación incestuosa". En efecto, a diferencia del incesto consentido, en el que algunos sostienen - como hizo el juez Hassemer de la Corte Constitucional Alemana en su voto divergente en el caso citado 177 –, que no procedería la tipificación penal al no existir bien jurídico protegido, la penalización de la violación sexual incestuosa es imperativa para la protección de la integridad física y psicológica y de la autonomía sexual de las personas que se encuentran en situación de extrema vulnerabilidad, especialmente agravada en el caso de víctimas que no han alcanzado la edad legal de consentimiento. 95. Conforme apunta la Relatora Especial de la ONU sobre la violencia contra la mujer, la Dra. Radhika Coomaraswamy, “[m]uchos de los que han pasado por prácticas incestuosas sufren después diversos trastornos psicológicos y físicos” 178. Las consecuencias psicológicas de la violación sexual incestuosa a menores se pueden clasificar en tres tipos principales: dificultades de adaptación afectiva, dificultades de adaptación interpersonal y dificultades de adaptación sexual 179. Las graves consecuencias de esta modalidad de abuso son evidentes en el caso de la Sra. Losada, tal y como describió en una audiencia cuando se le preguntó cómo descubrieron sus padres el abuso: Cuando yo era una niña muy activa, yo estaba en el equipo de natación nacional, tocaba piano, violín, y trabajaba mucho en servicios comunitarios, con personas mayores, niños y niñas, y de pronto mi vida empezó a cambiar, yo, literalmente me estaba muriendo en su cara, dejé de ir a nadar, dejé de tocar música, ya no iba al colegio, desarrollé bulimia, anorexia, empecé a auto mutilarme, entré a una depresión, pasaba horas en mi cuarto durmiendo, llorando y durmiendo, en un viaje a Estados Unidos traté de suicidarme dos veces (…) 180. 96. Estudios de múltiples materias señalan unánimemente que el mayor índice de violencia sexual contra los niños se produce en sus hogares, y procede de alguien con quien mantienen una relación de confianza 181. Esto también lo corroboran los informes de organizaciones internacionales y ONGs de derechos humanos presentados en los autos 182. La característica más llamativa de este tipo de violación es el uso del secreto como herramienta para continuar con el abuso y para reforzar la conexión entre víctima y agresor, lo que dificulta especialmente la denuncia y la Cfr. BVerfGE 120, 224 – Geschwisterbeischlaf (2008). Cfr. BVerfGE 120, 224 – Geschwisterbeischlaf (2008), voto disidente del Juez Hassemer, párr. 73. 178 Cfr. Comisión de Derechos Humanos. Report of the Special Rapporteur on violence against women, its causes and consequences, Ms. Radhika Coomaraswamy, submitted in accordance with Commission on Human Rights resolution 1995/85. E/CN.4/1996/53 (1996), párr. 66-72 (traducción nuestra). 179 Cfr. AZEVEDO, Maria Amélia; GUERRA, Viviane de Azevedo. Pele de asno não é só história...: Um estudo sobre a vitimização sexual de crianças e adolescentes em família. São Paulo: Iglu, 1988. 180 Cfr. Declaración de Brisa De Angulo Losada en audiencia pública ante la Corte el 29 de marzo de 2022. 181 Cfr. FURNISS, Tilman. Abuso sexual da criança: uma abordagem multidisciplinar. Porto Alegre: Artes Médicas, 1993; HABIGZAN, Luísa et al. Abuso sexual infantil e dinâmica familiar: aspectos observados em processos jurídicos. Psicologia: Teoria e Pesquisa, vol. 21, 3, (2005), p. 341-348. 182 Cfr., por exemplo, Federación Iberoamericana de Ombudsman. Niñez y adolescencia: III Informe sobre derechos humanos (2005), p. 125. Disponible en https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/Publicaciones/2010/8016.pdf. Acceso el 20 de noviembre de 2022. 176 177 33

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