1. Disponer una reparación integral por las violaciones declaradas en el presente informe de
fondo, incluyendo una compensación adecuada a favor de Saulo Arboleda Gómez.
2. Disponer las medidas necesarias para que, a la brevedad posible Saulo Arboleda Gómez pueda
interponer un recurso mediante el cual obtengan una revisión de su sentencia condenatoria, si
así lo desea, en cumplimiento del artículo 8.2.h de la Convención Americana, conforme a los
estándares establecidos en el presente informe de fondo.
3. Adoptar las medidas legislativas a efectos de asegurar que su normativa sea compatible con el
artículo 8.2.h de la Convención Americana, conforme a los estándares establecidos en el
presente informe de fondo.
Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a los 19 días del mes de noviembre de 2020.
(Firmado): Joel Hernández García, Presidente; Antonia Urrejola Noguera, Primera Vicepresidenta; Flávia
Piovesan, Segunda Vicepresidenta; Margarette May Macaulay, Esmeralda Arosemena de Troitiño, Julissa Mantilla
Falcón y Edgar Stuardo Ralón Orellana, Miembros de la Comisión.
La que suscribe, Marisol Blanchard, Secretaria Ejecutiva Adjunta, de conformidad con el artículo 49 del
Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de
la CIDH.
Marisol Blanchard
Secretaria Ejecutiva Adjunta
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