ocasiones son abandonados por sus esposas y familiares. Ante esta situación se han reportado
casos en que los mismos buzos quisieran suicidarse pero debido a su condición no pueden
cometerlo 8.
12. Los peticionarios señalan que el Código de Trabajo no prevé la situación especial
de los trabajadores de la pesca. El Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional de la Pesca
Submarina del año 2001, establece las obligaciones que tienen los patronos y los trabajadores
en relación con los riesgos de trabajo que surgen de la actividad de pesca, garantiza la
seguridad y prevención de accidentes ocupacionales, a la vez, fijan diferentes normas de
seguridad tanto para las embarcaciones como para las diferentes actividades 9. Indican que
la legislación hondureña prevé para la solución de conflictos laborales entre patronos y
trabajadores, la vía administrativa ante la Dirección General del Trabajo 10 y la judicial ante
los Juzgados de Trabajo correspondientes 11, debiéndose agotar las instancias administrativas
antes de ir a la judicial. Argumentan que en la práctica estos mecanismos no son efectivos ni
idóneos debido a la inefectividad de las actuaciones de las autoridades judiciales y
administrativas.
13. Con respecto del agotamiento de los recursos internos los peticionarios señalan,
que al menos 30 personas acudieron a las instancias administrativas, en algunos casos, y
otros a las instancias judiciales sin resultado alguno, permaneciendo en diferentes etapas
procesales. Indican que sólo el señor Flaviano Martínez obtuvo una sentencia en su favor el
8 Testimonio del señor Vismar Oracio, 29 años. Sufrió del síndrome de decomprensión a los 20 años de edad en
1994, quedado incapacitado de mover las piernas y sufre de úlcera decúbito. “…mahka pruhan sinra lukisna…wan
help ka apusna bara mahka sin pruah aidokisa” “pienso en el suicidio… el no poder valerme por mi mismo prefiero
morir”. Escrito de los peticionarios de 5 de noviembre de 2004.
9 Algunas de estas obligaciones señaladas en el artículo 7 del Reglamento son: Suministrar gratuitamente a sus
trabajadores el equipo necesario y adecuado de buceo y el equipo de protección personal de acuerdo a los riesgos
a que están expuestos; brindar mantenimiento periódico al equipo de buceo, debiendo reemplazarlos cuando
cumpla su vida útil según las indicaciones suministradas por el fabricante; trasladar en forma inmediata y de manera
adecuada a los trabajadores de la embarcación pesquera al centro médico hospitalario más cercano en caso de
riesgo profesional u otra situación que afecte la salud de los trabajadores; instruir adecuadamente a los trabajadores
antes y durante el desempeño de cualquier actividad de trabajo, acerca de los riesgos y peligros que puedan
afectarles, así como el método que deberán observar para prevenirlos; celebrar con cada uno de los trabajadores,
el contrato individual de trabajo aprobado por la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social; vigilar porque los
trabajadores no efectúen sus labores bajo el efecto de drogas estupefacientes o alcohol. Escrito de los peticionarios
de 18 de diciembre de 2007, pág. 5.
10 El Código de Trabajo no establece un procedimiento claro para los procesos de conciliación en sede
administrativa. En la práctica el trabajador afectado se presenta ante las oficinas de la Dirección General de Trabajo
ubicados en Tegucigalpa, Puerto Lempira, La Ceiba y Roatán. Una vez que presentan el reclamo laboral, cuando tiene
origen en un riesgo profesional, el trabajador es remitido a la Unidad de Evaluación Médica, donde se realiza el
cálculo de la indemnización que corresponde. Se cita al patrono a una audiencia para que realicen el pago
correspondiente, en caso de no comparecencia del patrono, se le extiende una constancia al trabajador para que
acuda a la vía judicial. Escrito de los peticionarios de 18 de diciembre de 2007, pág. 6.
11 En el Departamento de Gracias a Dios no hay Juzgado de Trabajo. En Honduras existen un total de 83 juzgados
de Letras para los dieciocho Departamentos que conforman el país, solamente uno de éstos se ubica en el
Departamento de Gracias a Dios y se encuentra en Puerto Lempira. Escrito de los peticionarios de 18 de diciembre
de 2007, pág 9.
Véase Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Segundo Informe sobre Desarrollo Humano en
Centroamérica
y
Panamá,
Capítulo
Desafío
de
la
Calidad
Democrática.
http://www.estadonacion.or.cr/Region2003/Paginas/ponencias/Adm_Justicia_HON.pdf [Consulta: 22 de mayo
2009].
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