LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
DECIDE:
1. Declarar admisible las mencionadas denuncias en relación a las alegadas violaciones a los
derechos a garantías judiciales y a protección judicial consagrados en los artículos 8 y 25,
respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sin prejuzgar sobre el
fondo del asunto.
2. Notificar esta decisión a los peticionarios y al Estado;
3. Continuar con el análisis del fondo de la cuestión;
4. Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual para la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Brasilia, Brasil, a los quince días del mes de junio de
2000.Firmado por Hélio Bicudo, Presidente; Claudio Grossman, Primer Vicepresidente; Juan
Méndez, Segundo Vicepresidente; Comisionados:Marta Altolaguirre, Robert K. Goldman, Peter
Laurie y Julio Prado Vallejo.
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