LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, DECIDE: 1. Declarar admisible las mencionadas denuncias en relación a las alegadas violaciones a los derechos a garantías judiciales y a protección judicial consagrados en los artículos 8 y 25, respectivamente, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, sin prejuzgar sobre el fondo del asunto. 2. Notificar esta decisión a los peticionarios y al Estado; 3. Continuar con el análisis del fondo de la cuestión; 4. Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual para la Asamblea General de la OEA. Dado y firmado en la ciudad de Brasilia, Brasil, a los quince días del mes de junio de 2000.Firmado por Hélio Bicudo, Presidente; Claudio Grossman, Primer Vicepresidente; Juan Méndez, Segundo Vicepresidente; Comisionados:Marta Altolaguirre, Robert K. Goldman, Peter Laurie y Julio Prado Vallejo. 5

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