53 152. Amnistía Internacional también indicó que los procesos penales que culminan en la pena de muerte suelen presentar irregularidades tales como i) la falta de acceso inmediato a un abogado; ii) la ausencia de la presunción de inocencia; iii) las injerencias políticas en el poder judicial; y iv) la negativa a excluir las pruebas y declaraciones obtenidas mediante tortura116. De igual modo, las organizaciones no-gubernamentales afirmaron que i) las personas condenadas a la pena de muerte son impedidas de recibir una última visita de sus familiares; ii) el proceso de apelación de las personas condenadas a muerte se realiza de manera privada y se impide la entrada de cualquier observador; y iii) la condena de la pena de muerte sigue abarcando delitos no violentos117. 153. Finalmente, Amnistía Internacional resaltó que las autoridades chinas han participado activamente en operaciones en el extranjero solicitando la detención y deportación de ciudadanos chinos que han huido a otros países, incluyendo algunos que han solicitado asilo o han sido reconocidos como refugiados118. Adicionalmente, señaló que las personas que han regresado a China desde el extranjero tienen un alto riesgo de ser víctimas de tortura y tratos crueles, inhumanos o degradantes119. 2. En cuanto a la posible aplicación de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes y algunos aspectos relativos al debido proceso 154. Tanto el Comité contra la Tortura de Naciones Unidas (CAT), en sus observaciones finales sobre China de 2008120, como el ex Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, Manfred Nowak, en su visita a China en el año 2005121, se han expresado sobre deficiencias en el marco normativo relativo a la tortura, especialmente en la falta de inclusión de sus elementos constitutivos básicos. 155. Esta última autoridad, el ex Relator Especial Manfred Nowak, confirmó que entre los distintos métodos de tortura utilizados en China se encuentran i) los golpes con palos y porras; ii) electroshock y quemaduras de cigarros; iii) encapuchamiento y vendaje de los ojos; iv) palizas por parte de otros presos bajo órdenes policiales; v) uso de esposas o grilletes de tobillo durante períodos prolongados; vi) inmersión en pozos de agua; vii) exposición a condiciones extremas de calor o frío; viii) permanencia en 116 Amnistía Internacional, La pena de muerte en Asia en 2008, disponible en: http://www.amnesty.org/es/deathpenalty/death-sentences-and-executions-in-2008/asia 117 ONU, Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Seguimiento de recomendaciones. China. A/HRC/13/39/Add.6, 26 de febrero de 2010, pág. 45. Disponible en: http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/13session/A.HRC.13.39.Add%206_EFS.pdf 118 Amnistía Internacional, Resumen presentado al Comité contra la Tortura previo a sus consideraciones sobre el cuarto reporte periódico de China, 3-21 de noviembre de 2008, pág. 12, disponible en: http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/docs/ngos/AI_China_41.pdf 119 Amnistía Internacional, Resumen presentado al Comité contra la Tortura previo a sus consideraciones sobre el cuarto reporte periódico de China, 3-21 de noviembre de 2008, pág. 12, disponible en: http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/docs/ngos/AI_China_41.pdf 120 ONU, Comité contra la Tortura, Observaciones finales. China. CAT/C/CHN/CO/4, 12 de diciembre de 2008, párr. 32, disponible en: http://daccess-dds-ny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G08/457/13/PDF/G0845713.pdf?OpenElement 121 ONU, Relator Especial sobre la cuestión de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Informe sobre misión a China. E/CN.4/2006/6/Add.6, 10 de marzo 2006, párr. 17, disponible en: http://daccess-ddsny.un.org/doc/UNDOC/GEN/G06/117/53/PDF/G0611753.pdf?OpenElement

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