64. La Comisión dispone que la Secretaría Ejecutiva de la CIDH notifique la presente resolución a la
Estado de Argentina y a los solicitantes.
65. Aprobado el 27 de julio de 2017 por: Francisco José Eguiguren Praeli, Presidente; Margarette
May Macaulay, Primera Vicepresidenta; Esmeralda Arosemena de Troitiño, Segunda Vicepresidenta;
José de Jesús Orozco Henríquez; Paulo Vannuchi; James Cavallaro; y Luis Ernesto Vargas Silva, miembros
de la Comisión.
66. Los Comisionados José de Jesús Orozco Henríquez y Luis Ernesto Vargas Silva, votaron en
disidencia con lo resuelto por la mayoría en los párrs. 3 c), 59 y 61.c) de la presente resolución. El voto
razonado parcialmente disidente del Comisionado Orozco, al cual manifestó su intención de adhesión el
Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, será incorporado a la publicación de la presente resolución, una
vez vencido el plazo al que se refiere el párrafo 62.
Paulo Abrão
Secretario Ejecutivo
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