33 1) Coronel Juvenal Díaz Mateus, quien declarará sobre: i) las particularidades de la Comuna 13; ii) las dificultades en la geografía de la zona, y iii) las acciones de grupos armados ilegales al margen de la Ley y otras condiciones seguridad dicho sector. 2) Alejandro Aponte Cardona, quien rendirá dictamen pericial sobre la compatibilidad con las obligaciones internacionales de concentrar la acción penal en los máximos responsables de crímenes internacionales en contextos de transición del conflicto armado a la paz. 3) Iris Marín, Subdirectora de la Unidad de Víctimas y Restitución de Tierras, quien declarará sobre: i) el alcance de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras (Ley 1448 de 2011), y ii) su virtualidad para reparar integralmente las presuntas violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del conflicto armado en Colombia y, en particular, para reparar las violaciones alegadas en el caso “Yarce y otras”. 4) Juanita Goebertus, Coordinadora de Justicia Transicional de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, quien declarará sobre: i) el Marco Jurídico para la paz; ii) la decisión del Estado Colombiano de asegurar que la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, y iii) que la reparación esté en el centro del proceso de construcción de la paz en Colombia y en general sobre la estrategia de justicia transicional en Colombia. 5) María Paulina Riveros, Directora de Derechos Humanos del Ministerio del Interior, quien declarará sobre la política del Estado en materia de prevención y protección de los derechos de los defensores y las defensoras de derechos humanos en Colombia y, en particular, sobre las políticas frente a defensoras de derechos humanos y la perspectiva de género en dichas acciones. 6) Paula Gaviria, Directora de la Unidad de Víctimas y Restitución de Tierras, declarará sobre la política del Estado relacionada con el fenómeno del desplazamiento forzado. 7) Claudia Patricia Vallejo Avendaño, Coordinadora de Derechos Humanos. Procuraduría Regional de Antioquia, quien declarará sobre la alegada asistencia prestada a las víctimas con respecto a su situación en la Comuna 13. 4. Requerir a las representantes y al Estado que remitan, de considerarlo pertinente, en lo que les corresponda y en el plazo improrrogable que vence el 1 de junio de 2015, las preguntas que estimen pertinentes formular a través de la Corte Interamericana a las presuntas víctimas, testigos, peritos y declarantes a título informativo indicados en el punto resolutivo 3 de la presente Resolución. En ese mismo plazo la Comisión podrá presentar las preguntas que estime pertinentes respecto a los peritajes propuestos por las representantes y del Estado para el cual se le concedió la oportunidad de formular preguntas (supra Considerando 86). Las declaraciones y los peritajes requeridos en el punto resolutivo tercero deberán ser presentados al Tribunal más tardar el 10 de junio de 2015. 5. Requerir a las representantes y al Estado que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las preguntas de la contraparte, y en lo pertinente, de la Comisión, las presuntas víctimas, testigos, los peritos y los declarantes a título

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