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1)
Coronel Juvenal Díaz Mateus, quien declarará sobre: i) las particularidades de
la Comuna 13; ii) las dificultades en la geografía de la zona, y iii) las acciones de
grupos armados ilegales al margen de la Ley y otras condiciones seguridad dicho
sector.
2)
Alejandro Aponte Cardona, quien rendirá dictamen pericial sobre la
compatibilidad con las obligaciones internacionales de concentrar la acción penal en
los máximos responsables de crímenes internacionales en contextos de transición del
conflicto armado a la paz.
3)
Iris Marín, Subdirectora de la Unidad de Víctimas y Restitución de Tierras,
quien declarará sobre: i) el alcance de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras
(Ley 1448 de 2011), y ii) su virtualidad para reparar integralmente las presuntas
violaciones a los derechos humanos cometidas en el marco del conflicto armado en
Colombia y, en particular, para reparar las violaciones alegadas en el caso “Yarce y
otras”.
4)
Juanita Goebertus, Coordinadora de Justicia Transicional de la Oficina del Alto
Comisionado para la Paz, quien declarará sobre: i) el Marco Jurídico para la paz; ii) la
decisión del Estado Colombiano de asegurar que la satisfacción de los derechos de
las víctimas a la verdad, la justicia, y iii) que la reparación esté en el centro del
proceso de construcción de la paz en Colombia y en general sobre la estrategia de
justicia transicional en Colombia.
5)
María Paulina Riveros, Directora de Derechos Humanos del Ministerio del
Interior, quien declarará sobre la política del Estado en materia de prevención y
protección de los derechos de los defensores y las defensoras de derechos humanos
en Colombia y, en particular, sobre las políticas frente a defensoras de derechos
humanos y la perspectiva de género en dichas acciones.
6)
Paula Gaviria, Directora de la Unidad de Víctimas y Restitución de Tierras,
declarará sobre la política del Estado relacionada con el fenómeno del
desplazamiento forzado.
7)
Claudia Patricia Vallejo Avendaño, Coordinadora de Derechos Humanos.
Procuraduría Regional de Antioquia, quien declarará sobre la alegada asistencia
prestada a las víctimas con respecto a su situación en la Comuna 13.
4.
Requerir a las representantes y al Estado que remitan, de considerarlo pertinente, en
lo que les corresponda y en el plazo improrrogable que vence el 1 de junio de 2015, las
preguntas que estimen pertinentes formular a través de la Corte Interamericana a las
presuntas víctimas, testigos, peritos y declarantes a título informativo indicados en el punto
resolutivo 3 de la presente Resolución. En ese mismo plazo la Comisión podrá presentar las
preguntas que estime pertinentes respecto a los peritajes propuestos por las representantes
y del Estado para el cual se le concedió la oportunidad de formular preguntas (supra
Considerando 86). Las declaraciones y los peritajes requeridos en el punto resolutivo
tercero deberán ser presentados al Tribunal más tardar el 10 de junio de 2015.
5.
Requerir a las representantes y al Estado que coordinen y realicen las diligencias
necesarias para que, una vez recibidas las preguntas de la contraparte, y en lo pertinente,
de la Comisión, las presuntas víctimas, testigos, los peritos y los declarantes a título