5 medidas a favor de los beneficiarios, con la finalidad de evaluar la necesidad de mantener la vigencia de las mismas. POR TANTO: LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte, y los artículos 4, 26, y 30.2 del Reglamento de la Corte, RESUELVE: 1. Convocar el Estado de Colombia, los representantes de los beneficiarios y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 29 de enero de 2010, a partir de las 11:00 horas hasta las 12:30 horas, con el propósito de que el Tribunal reciba sus alegatos sobre las medidas provisionales ordenadas en el presente asunto. 2. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución al Estado de Colombia, a los representantes de los beneficiarios y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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