sus hijas; y la presunta violación de los derechos del niño protegidos por los artículos 19 y 17(4),
en conexión con el artículo 1(1), en relación a las hijas de la Sra. Karen Atala.
2. Declarar inadmisible la presente petición en cuanto se refiere a la presunta violación de los
artículos 5(1) y 11(1) de la Convención Americana.
3. Notificar esta decisión a las partes.
4. Continuar con el análisis de fondo del asunto; y
5. Publicar esta decisión e incluirla en su Informe Anual para la Asamblea General de la OEA.
Dado y firmado en la ciudad de Washington, D.C., a los 23 días del mes de julio de 2008.(Firmado):
Paolo G. Carozza, Presidente; Luz Patricia Mejía, Primera Vicepresidenta; Paulo Sérgio Pinheiro,
Clare K. Roberts, Florentín Meléndez y Víctor Abramovich Miembros de la Comisión.
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