particularmente los altos mandos militares señalados en la Sentencia de la Corte. Por último, los representantes señalaron que el Estado ha incumplido con el compromiso de designar a un fiscal especial y con la exigencia de que la investigación se realice en un plazo razonable y de que se publiquen los resultados de la investigación. La Comisión, por su parte, manifestó su preocupación por la falta de referencia a los avances en la ejecución de las órdenes de detención que se encontraban pendientes, algunas de ellas desde antes que se dictara la sentencia de la Corte. 13. Que esta Presidencia considera indispensable que el Estado presente información actualizada, detallada y completa sobre las diligencias llevadas a cabo y el avance de las investigaciones y procesos, así como los obstáculos de iure o de facto, que pueden estar obstaculizando la consecución de los mismos. * * * 14. Que respecto a la obligación de realizar inmediatamente las debidas diligencias para individualizar e identificar, en un plazo razonable, a las víctimas ejecutadas y desaparecidas, así como sus familiares (punto resolutivo octavo de la Sentencia), en su último informe el Estado indicó que esta medida se ha adelantado en coordinación con los representantes; que en el M.O.S Mapiripán se acordó el texto de la publicación, medios por los cuales se difundiría en radio, prensa y televisión y las fechas de difusión, entre otros; y que se acordó que el proceso de acreditación de nuevas víctimas y familiares se realizaría por medio de la Fiscalía General de la Nación, que verificaría la información. Señaló que se realizaron convocatorias nacionales a víctimas en medios que tienen cobertura nacional e incluso por un número de días mayor al dispuesto por la Sentencia, el contenido de las cuales sería posteriormente informado, y se estableció que las víctimas podrían dirigirse a entidades que hacen presencia en todo el territorio nacional; se elaboró un formato único de recolección de información y un mecanismo de remisión de esta información a la Fiscalía, mediante un trámite confidencial. Según informó la Fiscalía, a junio de 2008 se habían presentado 10 personas que se consideran familiares de las víctimas, cuya información se está verificando. Además, el Estado expresó que dentro de la investigaci��n que adelanta la Fiscalía se han ordenado distintas diligencias de exhumación, sin resultados, por no encontrarse los restos de las personas buscadas, pero que en diligencias de la Unidad de Justicia y Paz en el corregimiento de Mapiripán y cercanías, se han encontrado restos mortales, que están siendo analizados para determinar si corresponden a víctimas de este caso. Con base en lo anterior, el Estado considera que ha dado cumplimiento parcial a esta medida de reparación. 15. Que los representantes señalaron que a pesar de haberse adelantado actividades tendientes a la elaboración de una convocatoria con el objetivo de que las víctimas sean reconocidas, hasta septiembre de 2007 el Estado no había cumplido con este compromiso. Por su parte, la Comisión valoró positivamente la información aportada por el Estado al respecto, aunque subrayó la falta de resultados hasta el momento de las diligencias de exhumación que el Estado informó haber llevado adelante. 16. Que esta Presidencia valora que se hayan llevado a cabo actividades para programar, diseñar y, según lo informado por el Estado, realizar una convocatoria para la identificación de víctimas. Este Tribunal valorará la información recibida, una vez que reciba las respectivas observaciones de la Comisión y los representantes, así como las 10

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