particularmente los altos mandos militares señalados en la Sentencia de la Corte. Por
último, los representantes señalaron que el Estado ha incumplido con el compromiso de
designar a un fiscal especial y con la exigencia de que la investigación se realice en un
plazo razonable y de que se publiquen los resultados de la investigación. La Comisión,
por su parte, manifestó su preocupación por la falta de referencia a los avances en la
ejecución de las órdenes de detención que se encontraban pendientes, algunas de ellas
desde antes que se dictara la sentencia de la Corte.
13.
Que esta Presidencia considera indispensable que el Estado presente información
actualizada, detallada y completa sobre las diligencias llevadas a cabo y el avance de
las investigaciones y procesos, así como los obstáculos de iure o de facto, que pueden
estar obstaculizando la consecución de los mismos.
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14.
Que respecto a la obligación de realizar inmediatamente las debidas diligencias
para individualizar e identificar, en un plazo razonable, a las víctimas ejecutadas y
desaparecidas, así como sus familiares (punto resolutivo octavo de la Sentencia), en su
último informe el Estado indicó que esta medida se ha adelantado en coordinación con
los representantes; que en el M.O.S Mapiripán se acordó el texto de la publicación,
medios por los cuales se difundiría en radio, prensa y televisión y las fechas de difusión,
entre otros; y que se acordó que el proceso de acreditación de nuevas víctimas y
familiares se realizaría por medio de la Fiscalía General de la Nación, que verificaría la
información. Señaló que se realizaron convocatorias nacionales a víctimas en medios
que tienen cobertura nacional e incluso por un número de días mayor al dispuesto por
la Sentencia, el contenido de las cuales sería posteriormente informado, y se estableció
que las víctimas podrían dirigirse a entidades que hacen presencia en todo el territorio
nacional; se elaboró un formato único de recolección de información y un mecanismo
de remisión de esta información a la Fiscalía, mediante un trámite confidencial. Según
informó la Fiscalía, a junio de 2008 se habían presentado 10 personas que se
consideran familiares de las víctimas, cuya información se está verificando. Además, el
Estado expresó que dentro de la investigaci��n que adelanta la Fiscalía se han ordenado
distintas diligencias de exhumación, sin resultados, por no encontrarse los restos de las
personas buscadas, pero que en diligencias de la Unidad de Justicia y Paz en el
corregimiento de Mapiripán y cercanías, se han encontrado restos mortales, que están
siendo analizados para determinar si corresponden a víctimas de este caso. Con base
en lo anterior, el Estado considera que ha dado cumplimiento parcial a esta medida de
reparación.
15.
Que los representantes señalaron que a pesar de haberse adelantado actividades
tendientes a la elaboración de una convocatoria con el objetivo de que las víctimas sean
reconocidas, hasta septiembre de 2007 el Estado no había cumplido con este
compromiso. Por su parte, la Comisión valoró positivamente la información aportada
por el Estado al respecto, aunque subrayó la falta de resultados hasta el momento de
las diligencias de exhumación que el Estado informó haber llevado adelante.
16.
Que esta Presidencia valora que se hayan llevado a cabo actividades para
programar, diseñar y, según lo informado por el Estado, realizar una convocatoria para
la identificación de víctimas. Este Tribunal valorará la información recibida, una vez que
reciba las respectivas observaciones de la Comisión y los representantes, así como las
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