23 95. El 17 de octubre de 1994, el Ministerio de Defensa, Frente Huallaga, publicó un comunicado oficial en el que se indica que durante la ejecución de las operaciones de pacificación que realizan las fuerzas del orden, el 14 de octubre de 1994, en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, se han producido los siguientes hechos: A las 11:15 horas, personal de la DECOTE/PNP de Huánuco con la presencia del fiscal de turno, capturó al presunto delincuente terrorista de Sendero Luminoso, identificado como: - Doctor Luis Galindo Cárdenas, Vocal de la Corte Superior de Huánuco, quien después de las investigaciones preliminares, solicitó acogerse a la Ley de Arrepentimiento… 54. 96. El 18 de octubre de 1994, el Presidente de la República rectificó las declaraciones realizadas el 16 de octubre de 1994: El presidente Alberto Fujimori aclaró hoy que debido a un “lapsus” acusó equivocadamente de tener vínculos con Sendero Luminoso al presidente de la Corte Superior de Huánuco, Humberto Cajahuanca Vásquez. El jefe del Estado precisó que esa grave acusación corresponde a “un vocal de la Corte Superior de Huánuco, (…). Se estaba refiriendo obviamente al doctor Luís Galindo Cárdenas, Vocal del Tribunal de Justicia de la mencionada ciudad andina. (…) Añadió que las “investigaciones van a proseguir y que por lo pronto existe documentación en la que ambos funcionarios –el vocal y el rector- solicitaron acogerse a la Ley de Arrepentimiento. 55 …El Presidente agregó que de acuerdo a la investigación de inteligencia, se logró comprobar su nexo con el grupo terrorista Sendero Luminoso “Ambos lo han revelado ante el fiscal civil de Huánuco. De manera que no es una acusación simple”, sostuvo. El Mandatario manifestó que el vocal y el rector de universidad son investigados, aunque no cree que ambos hayan desempeñado cargos en la cúpula gerencial de la banda terrorista. Dijo que la Ley de Arrepentimiento ha permitido conocer la infiltración de Sendero Luminoso en las altas esferas del Poder Judicial y reiteró que esa disposición quedaría sin efecto el próximo primero de noviembre.56 97. La Comisión nota que conforme a la revisión efectuada por la DECOTE de Huánuco, en marzo de 1996, de los archivos pasivos existentes en la Sub Unidad DECOTE PNP HCO, se concluye que “la persona de Luis Galindo Cárdenas, el 17 de octubre de 1994 solicitó acogerse al beneficio del DL. Nro. 25499 (Ley de Arrepentimiento), siendo conducido al Cuartel [ ]-314-Yánac-Huánuco en calidad de custodia “POR MEDIDAS DE SEGURIDAD”, otorgándole la clave Nro. A1J054967”. 57 98. La Comisión observa que conforme a la documentación emitida por el Estado la detención del señor Galindo Cárdenas se produjo en tres situaciones distintas: 1) al haber sido capturado en un operativo policial (declaraciones del Presidente de la República de 16 de octubre de 1994, comunicado del Frente Huallaga de 17 de octubre de 1994); 2) al haberse sometido voluntariamente a la Ley de Arrepentimiento (Acta de Declaración del Solicitante de 15 de octubre de 1994); y 3) con base en una investigación preliminar al haber sido señalado como integrante de la asociación “Abogados Democráticos” 54 Anexo 4. Comunicado Oficial Nº 068/RRPP/F-H, Tarapoto, 17 de octubre de 1994, Oficina de Relaciones Públicas, Comando Político Militar Frente Huallaga. Anexo al escrito del peticionario de fecha 3 de enero de 1996. 55 Anexo 2. Diario La República, Perú, Martes 18 de octubre de 1994, pág. 8 “Fujimori dice que fue un “lapsus” acusación a presidente de Corte. “Rector y magistrado de Huánuco niegan vínculo con el terrorismo”. Anexo 3 al escrito del peticionario recibido el 31 de julio de 2007. 56 Anexo 5. Expreso: “Un vocal de la Corte Superior de Huánuco es el arrepentido”, martes 18 de octubre de 1994, pág. A4. Anexo al escrito de los peticionarios de fecha 3 de enero de 1996. 57 Anexo 35. Informe Nro.9-DECOTE-PNP-HCO./AD de 25 de marzo de 1996, firmada por el Capitán de la PNP, Alberto A. Campos Robles y el Instructor, Marciano Albarado León. Anexo al escrito del Estado de 6 de agosto de 2002.

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