23
95.
El 17 de octubre de 1994, el Ministerio de Defensa, Frente Huallaga, publicó un comunicado
oficial en el que se indica que durante la ejecución de las operaciones de pacificación que realizan las fuerzas
del orden, el 14 de octubre de 1994, en el distrito, provincia y departamento de Huánuco, se han producido
los siguientes hechos:
A las 11:15 horas, personal de la DECOTE/PNP de Huánuco con la presencia del fiscal de
turno, capturó al presunto delincuente terrorista de Sendero Luminoso, identificado como:
- Doctor Luis Galindo Cárdenas, Vocal de la Corte Superior de Huánuco, quien después de las
investigaciones preliminares, solicitó acogerse a la Ley de Arrepentimiento… 54.
96.
El 18 de octubre de 1994, el Presidente de la República rectificó las declaraciones realizadas
el 16 de octubre de 1994:
El presidente Alberto Fujimori aclaró hoy que debido a un “lapsus” acusó equivocadamente
de tener vínculos con Sendero Luminoso al presidente de la Corte Superior de Huánuco,
Humberto Cajahuanca Vásquez.
El jefe del Estado precisó que esa grave acusación corresponde a “un vocal de la Corte
Superior de Huánuco, (…). Se estaba refiriendo obviamente al doctor Luís Galindo Cárdenas,
Vocal del Tribunal de Justicia de la mencionada ciudad andina. (…) Añadió que las
“investigaciones van a proseguir y que por lo pronto existe documentación en la que ambos
funcionarios –el vocal y el rector- solicitaron acogerse a la Ley de Arrepentimiento. 55
…El Presidente agregó que de acuerdo a la investigación de inteligencia, se logró comprobar
su nexo con el grupo terrorista Sendero Luminoso “Ambos lo han revelado ante el fiscal civil
de Huánuco. De manera que no es una acusación simple”, sostuvo. El Mandatario manifestó
que el vocal y el rector de universidad son investigados, aunque no cree que ambos hayan
desempeñado cargos en la cúpula gerencial de la banda terrorista. Dijo que la Ley de
Arrepentimiento ha permitido conocer la infiltración de Sendero Luminoso en las altas
esferas del Poder Judicial y reiteró que esa disposición quedaría sin efecto el próximo
primero de noviembre.56
97.
La Comisión nota que conforme a la revisión efectuada por la DECOTE de Huánuco, en marzo
de 1996, de los archivos pasivos existentes en la Sub Unidad DECOTE PNP HCO, se concluye que “la persona
de Luis Galindo Cárdenas, el 17 de octubre de 1994 solicitó acogerse al beneficio del DL. Nro. 25499 (Ley de
Arrepentimiento), siendo conducido al Cuartel [ ]-314-Yánac-Huánuco en calidad de custodia “POR MEDIDAS
DE SEGURIDAD”, otorgándole la clave Nro. A1J054967”. 57
98.
La Comisión observa que conforme a la documentación emitida por el Estado la detención
del señor Galindo Cárdenas se produjo en tres situaciones distintas: 1) al haber sido capturado en un
operativo policial (declaraciones del Presidente de la República de 16 de octubre de 1994, comunicado del
Frente Huallaga de 17 de octubre de 1994); 2) al haberse sometido voluntariamente a la Ley de
Arrepentimiento (Acta de Declaración del Solicitante de 15 de octubre de 1994); y 3) con base en una
investigación preliminar al haber sido señalado como integrante de la asociación “Abogados Democráticos”
54
Anexo 4. Comunicado Oficial Nº 068/RRPP/F-H, Tarapoto, 17 de octubre de 1994, Oficina de Relaciones Públicas,
Comando Político Militar Frente Huallaga. Anexo al escrito del peticionario de fecha 3 de enero de 1996.
55
Anexo 2. Diario La República, Perú, Martes 18 de octubre de 1994, pág. 8 “Fujimori dice que fue un “lapsus” acusación
a presidente de Corte. “Rector y magistrado de Huánuco niegan vínculo con el terrorismo”. Anexo 3 al escrito del peticionario
recibido el 31 de julio de 2007.
56
Anexo 5. Expreso: “Un vocal de la Corte Superior de Huánuco es el arrepentido”, martes 18 de octubre de 1994, pág.
A4. Anexo al escrito de los peticionarios de fecha 3 de enero de 1996.
57
Anexo 35. Informe Nro.9-DECOTE-PNP-HCO./AD de 25 de marzo de 1996, firmada por el Capitán de la PNP, Alberto
A. Campos Robles y el Instructor, Marciano Albarado León. Anexo al escrito del Estado de 6 de agosto de 2002.