11 La pena de muerte “empieza a matar a las familias”. En su caso ha destruido psicológicamente a su familia y afecta la relación que tiene con ella. Se ha alejado mucho de su familia debido a la sociedad, la cual los señala. Tiene un año que no ve a sus hijos y no tiene ningún tipo de comunicación con ellos porque la madre de éstos no quiere. La única que lo visita cada tres o cuatro meses es su tía. Lo más difícil para él es estar separado de su familia. Si le quitaran la pena de muerte cambiaría la relación con su familia, ya que “con que le quiten la pena de muerte, […] siente […] la libertad [y] la oportunidad de salir adelante”. Manifestó que puede llegar a ser un buen padre y cree que sus hijos, al ir creciendo, podrán comprender el error que cometió al haberlos abandonado. Le duele que lo hayan condenado a pena de muerte sin notificárselo al momento del debate y sin darle la oportunidad de defenderse, lo cual consideró como errores de las autoridades. La imposición de la pena de muerte es inútil, ya que “nunca se va a llegar a cambiar el mundo”. Los sentenciados a pena de muerte tienen una carga muy pesada y sufren de una enfermedad, ya que siempre piensan en la pena y en lo que dirán su familias y sus hijos. Confía en las personas que están luchando para que él “sea perdonado” y tiene esperanzas porque su caso está “floreciendo”. b) Peritaje del señor Alejandro E. Álvarez, especialista en Derecho Penal El perito se refirió a la forma en que se encuentran regulados en Guatemala los delitos de violación calificada y asesinato, la diferencia de las penas contempladas para éstos, las circunstancias agravantes que permiten la aplicación de la pena de muerte y su relación con el ejercicio del derecho de defensa y otras garantías judiciales en el proceso penal, en particular en los procesos por delitos cuya sanción es la pena de muerte. Asimismo, se refirió al supuesto de peligrosidad social, que para él contiene elementos contrarios a los principios fundamentales de derechos humanos. Además, realizó un análisis en el caso concreto del señor Fermín Ramírez, en el cual destacó las irregularidades en que, a su juicio, habían incurrido las autoridades judiciales. c) Peritaje del señor César Barrientos Pellecer, especialista en Derecho Procesal Penal El perito se refirió a las formas propias del procedimiento penal guatemalteco, en particular las relativas a los cambios de los hechos imputables y de su calificación jurídica. Señaló que el Código Procesal Penal de Guatemala no estableció un verdadero sistema acusatorio debido, inter alia, a la incomprensión real acerca de éste, a los temores por la falta de participación del juez en la investigación, a las dudas sobre la actuación del Ministerio Público y a la tradición jurídica nacional basada en la interferencia del juez en la investigación.

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