10 3. Considera que las objeciones del Gobierno de Nicaragua a los planteamientos de la demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, referentes a la obligatoriedad de las recomendaciones de ésta, no son excepciones preliminares sino cuestiones de fondo que deberán ser resueltas en su oportunidad. 4. No considera procedente decretar costas. 5. Resuelve continuar con el conocimiento del presente caso (Caso Genie Lacayo, Excepciones Preliminares, supra 4, párr. 53). 23. Por nota del 15 de marzo de 1995 la Comisión presentó la lista de los siguientes testigos que deberían ser convocados por la Corte para comparecer a las audiencias públicas sobre el fondo: Raymond Genie Peñalba, Alicia Duarte Bojorge, Hernaldo Zúñiga Montenegro, Humberto Ortega Saavedra, Joaquín Cuadra Lacayo, Boanerges Ojeda Baca, Sidney Lacayo Guerra, Omar Hallesleven Acevedo y Carlos Hurtado Cabrera. El 17 de marzo de 1995 el Gobierno presentó a la Corte un escrito en el cual objetó la comparecencia de los testigos Sidney Lacayo Guerra, Omar Hallesleven Acevedo y Carlos Hurtado Cabrera porque no figuraban como testigos en la lista presentada en la demanda de la Comisión. Ese mismo día presentó otro escrito mediante el cual tachó a los siguientes testigos: Humberto Ortega Saavedra porque tiene calidad de acusado en el proceso seguido para investigar la muerte de Jean Paul Genie Lacayo; Joaquín Cuadra Lacayo y Boanerges Ojeda Baca por haber formado parte de tribunales que han conocido dicha causa y porque ninguno de ellos tiene la calidad de tercero. 24. Por resolución de 18 de mayo de 1995 la Corte resolvió que el Tribunal con la composición que tenía cuando dictó sentencia sobre excepciones preliminares, continuaría con la consideración del fondo del caso. 25. Mediante resoluciones del 30 de junio de 1995 el Presidente de la Corte convocó a audiencias públicas el 27 y 28 de noviembre de dicho año para escuchar las observaciones de las partes sobre objeción de comparecencia y tachas de testigos y recibir la declaración de los testigos Raymond Genie Peñalba, Alicia Duarte Bojorge y Hernaldo Zúñiga Montenegro. 26. El 27 de noviembre de 1995 Nicaragua presentó, como parte de las últimas actuaciones judiciales tramitadas hasta esa fecha en el caso Genie Lacayo, un escrito del señor Raymond Genie Peñalba en el que sostiene la procedencia del recurso de casación en trámite, y escritos de excusas presentadas por dos magistrados de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua para seguir conociendo el caso por haber participado con anterioridad en él. 27. El 27 de noviembre de 1995 la Comisión presentó dos notas que acreditaban al señor Ariel Dulitzky como su asistente para las audiencias que se celebrarían ese día y el siguiente. El agente del Gobierno se opuso a lo anterior por considerar dicha acreditación extemporánea. Ese mismo día, la Corte resolvió rechazarla en virtud de que es importante “conocer con la debida antelación el nombre de las personas que representarán a la parte contraria y en qué calidad lo hacen a fin de preparar adecuadamente su defensa”. 28. El 27 de noviembre de 1995 la Corte celebró la audiencia pública para escuchar los alegatos del Gobierno y de la Comisión sobre objeción de comparecencia y tacha de testigos. El 28 del mismo mes, la Corte decidió “rechazar

Seleccionar párrafo de destino3