74 Juzgado Regional de Cúcuta señaló que: Uno de los aspectos relevantes en este proceso y que causa honda preocupación es el atinente a los claros vínculos existentes entre estos grupos al margen de la ley y las fuerzas del orden legalmente establecidas, quienes actúan mancomunadamente y con unidad de designio criminal, con el pretexto que unos y otros persiguen un objetivo común: acabar con la subversión. Se observa cómo algunos mandos militares –contra quienes al parecer se adelantan las investigaciones de rigor- auspiciaron, asesoraron, y participaron en actos despiadados como el que ocupa la atención de esta investigación y, por ello se encuentra con extrañeza que en desarrollo del plan criminal el Te. NESTOR RAUL VARGAS, quien había dispuesto un retén militar, simplemente verifica si los comerciantes llevaban o no armas, y les permite seguir haciendo caso omiso de la cantidad considerable de mercancías de contrabando que logró detectar, por cuanto kilómetros adelante les esperaba el grupo de delincuentes que finiquitaría sus vidas y haría un festín con sus vehículos y mercancías. […] La prueba testimonial aducida ha arrojado los siguientes resultados: A) Que un grupo considerable de comerciantes se trasladó desde la ciudad de Cúcuta hasta Medellín por la “Troncal de la Paz”; B) Que la zona se hallaba bajo el dominio de los grupos paramilitares, comandadas por HENRY PEREZ; C) Que estos grupos al margen de la ley, con el auspicio de los mandos militares, son los responsables de uno de los actos más despiadados que haya sacudido a nuestra martirizada patria, como es el secuestro y muerte de los 19 comerciantes de Sanandresito. […] Como se recuerda, se celebró una reunión en la cual asistieron con la aquiescencia de los mandos militares, entre otros, NELSON LESMES, MARCELIANO PANESSO, HENRY PEREZ y ALONSO DE JESÚS BAQUERO, en la cual se tomó la determinación final de acabar con el grupo de comerciantes. (el resaltado no es del original) 127. En el mismo proceso penal, el Tribunal Nacional, al emitir sentencia de segunda instancia el 14 de abril de 1998, también indicó: Es con las declaraciones de los testigos Robinson Gutiérrez de la Cruz, Aucares de Jesús y Jesús Anibal Betancourt Ortiz […] recibidas entre junio y septiembre de 1988, con las que se corroboran los datos aportados por los familiares de los diecinueve desaparecidos, en el sentido de que aquellos habían sido asesinados por un grupo de las autodefensas que en aquel entonces campeaban en el Magdalena Medio con la complacencia y auspicio de los comandantes de Batallones Militares instalados en esa región. En efecto, de las versiones ofrecidas por los tres declarantes se desprende que desde 1984 comenzó a funcionar en aquella zona la organización que públicamente se conoció como “ACDEGAM”, y que después degeneró en un grupo de bandidos comunes, que sirviendo a los intereses del narcotráfico, auspiciados por altos mandos militares, so pretexto de combatir a los grupos subversivos del sector, dieron rienda suelta a la comisión de los más aleves atentados contra los derechos humanos; uno de ellos lo constituyó la masacre de las diecinueve personas a que nos hemos venido refiriendo, cometida, tal y como lo narran los citados deponentes, por el grupo armado que lideraba en ese entonces GONZALO PEREZ, y sus dos hijos HENRY y MARCELO PEREZ […]. (el resaltado no es del original) 128. El Juez Único Especializado de San Gil señaló, en la sentencia emitida el 23 de marzo de 2001, que: […] HENRY fue un verdadero autor intelectual, él estuvo presente en la reunión en que se tomó esa decisión, dio la orden a BAQUERO AGUDELO para su ejecución y fue quien trató directamente con algunos miembros militares ese asunto de los comerciantes por el problema que ellos estaban creando en la zona al haberse convertidos en auxiliadores de la guerrilla. (el resaltado no es del original) 129. Asimismo, es destacable que en la sentencia emitida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil el 19 de octubre de 2001, se indicó que: Hace parte de la prueba que corrobora aún más la certeza sobre la existencia del hecho punible el informe confidencial emitido por la Central de Inteligencia del D.A.S., pues allí se da cuenta de la existencia de la agrupación criminal “ACDEGAM” comandada por Gonzalo Pérez y sus hijos Henry de Jesús Pérez y Marcelo, grupo armado que contaba con el visto bueno de gran parte del comando militar que operaba en la región del Magdalena Medio y a quien se le atribuían genocidios ocurridos en el Urabá Antioqueño, informe que endilga veracidad al aserto del sujeto

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