8
1.
Desestimar, por las razones expuestas en los párrafos considerativos 10 a 13, la
solicitud de ampliación de las medidas provisionales, interpuesta el 17 de diciembre de
2007.
2.
Requerir al Estado que mantenga las medidas provisionales ordenadas en la
Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2004
(supra visto 2).
3.
Notificar la presente Resolución a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
a las representantes de los beneficiarios de estas medidas y al Estado.
Sergio García Ramírez
Presidente
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario