las personas que participaron en los hechos que ocasionaron el atentado y posterior muerte de Noel Emiro
Omerara Carrascal, la desaparición, torturas y ejecución de Manuel Guillermo Omeara Miraval y el atentado en
contra de Héctor Álvarez Sánchez.
3.
Adoptar las medidas administrativas, disciplinarias o penales correspondientes para investigar y,
en su caso, sancionar las acciones u omisiones de los funcionarios estatales que contribuyeron a la denegación de
justicia e impunidad en la que se encuentran los hechos del caso.
4.
Adoptar las medidas necesarias para evitar que se repitan hechos como los del presente caso,
incluyendo el fortalecimiento de los mecanismos de protección de familiares y testigos en el marco de las
investigaciones por violaciones de derechos humanos; y el fortalecimiento de la capacidad investigativa de
contextos y patrones de actuación conjunta entre agentes estatales y grupos armados ilegales.
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