declaración, sus padres pertenecían a “la Unión Patriótica”117. No existían a la fecha de su muerte anotaciones de inteligencia pertenecientes al señor Elio Gelves”118. 86. De acuerdo con los testimonios de familiares del señor Elio Gelves, los siguientes hechos ocurrieron la noche del 27 de mayo de 1997 en las horas que antecedieron a su muerte: - El señor Manuel Gelves Guerrero indicó que él se encontraba con su esposa y sus hijos en su casa. Hacia las 9 pm se oyó que personas llamaban “patrón, patrón, abran la puerta”. Indicó que en ese momento su hijo “Elio se levantó de la pieza donde él dormía y abrió la puerta y se pusieron a conversar” diciéndole estas personas “que si los acompañaban”, “que les tenía que colaborar” 119. - El señor Manuel Gelves Guerrero señala que su “esposa Griseldina, agarró a su hijo del brazo” “pero los del Ejército se adelantaron para sacarlo de la pieza y le pegaron en la cara”. Señaló que “entonces se levantó y preguntó porqué se lo traían, que ellos le contestaron que era para que ayudara a cuidar un carro porque se venían a peliar (sic) a la “Y”, que a las cuatro de la mañana lo regresaban”120. - La señora Griseldina Carrillo de Gelves y el señor Ariolfo Guerrero Gelves coinciden con la descripción de los anteriores hechos121. - La señora Griseldina Carrillo precisó que su hijo, dormía sólo con “pantaloneta”, entonces las personas civiles “le permitieron que se colocara camisa y pantalón de colegio, unas botas y medias y seguidamente lo echaron en medio de ellos y se lo llevaron”122. - Con posterioridad a que las personas vestidas de civil se llevaron al señor Elio Gelves, la señora Griseldina Carrillo indica que “a las tres y media o cuatro de la madrugada escucharon unos disparos, unos rafagazos que duraron como cinco minutos”123. 87. El señor Manuel Gelves señaló que quienes se llevaron a su hijo eran “tres hombres armados con arma corta, revólver o pistola, vestidos de civil”, que “dos eran bajitos y uno más alto que llevaba una camisa pintadita y pantalón gris y llevaba sombrero que no estaban encapuchados”124. La señora Griseldina Carrillo indicó que una de las personas que se llevaron a su hijo llevaba una “morrala” casi llena como si llevaran allí un balón125. El señor Ariolfo Guerrero Gelves indicó que la persona que “entró a la pieza donde 117 Declaración de Otiliza Cediel de Ibarra que se encuentra narrada en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 118 Este hecho se encuentra descrito en Anexo 36. Tribunal Contencioso Administrativo de Arauca, sentencia de 13 de abril de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 119Esta declaración se encuentra narrada en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 120Esta declaración se encuentra narrada en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 121 Ver sus declaraciones que se encuentran narradas en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 122 La anterior declaración se encuentra narrada en Anexo 39. Fiscal Delegado, Colisión de Competencia, 30 de julio de 1998. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 123Esta declaración se encuentra narrada en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. En el mismo sentido, se encuentra la declaración narrada en Anexo 39. Fiscal Delegado, Colisión de Competencia, 30 de julio de 1998. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 124Esta declaración se encuentra narrada en Anexo 37. Comandante Décima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 125 La anterior declaración se encuentra narrada en Anexo 39. Fiscal Delegado, Colisión de Competencia, 30 de julio de 1998. Anexo al escrito de los peticionarios de 6 de noviembre de 2000. 24

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