264. La Fiscalía General de la Nación –Grupo Vida del Cuerpo Técnico de Investigación Barrancabermeja, Santander – inició una investigación por los hechos, cuyo primer informe fue presentado el 25 de octubre de 1995. En dicho informe se señala que se entrevistó a un señor de nombre Fernán Serra Miranda quien se dirigió a la Fiscalía “a manifestar que poseía datos relacionados con el homicidio que se investiga”. Sin embargo, se indicó que “presente en nuestras dependencias, fue claro en expresar que su deseo era sólo negociar lo que él sabe, por lo que no otorgó ningún dato”. Se dejó constancia asimismo que dicha ��persona fue ultimada por desconocidos el pasado 14 de octubre”370. Se señaló a su vez que diferentes personas de los barrios “nororientales” manifiestan “que por ningún motivo se acercarán a la Fiscalía a declarar sobre estos hechos a pesar de conocerlos, ya que temen por su integridad personal y la de sus familias, inclusive, muestran hermetismo al diálogo sobre los hechos acontecidos”371. 265. El 15 de noviembre de 1995, se realizó el álbum fotográfico del levantamiento del cadáver conforme al cual el cuerpo de Albeiro Ramírez Jorge estaba en posición “de cúbito dorsal” y “se pudo apreciar una herida con presencia de tatuaje en región bucal labio superior” y “un orificio con presencia de tatuaje en región cervical lado izquierdo”. En relación con el cuerpo de Wilfredo Quiñónez, “se observa el cadáver en posición de cúbito dorsal”; y se indicó que “se pudo apreciar una herida abierta en región cigomas lado derecho”; “una herida en región frontal lado izquierdo” y “una gran herida en región tercio medio y superior brazo izquierdo”; “dos heridas en región supramamaria lado derecho y en región hipocondrios mismo lado”; “una herida en región de dedo pulgar parte interna” y “una herida en región dedo medio mano izquierda”. En relación con José Gregorio Romero Reyes, se indicó que el cuerpo fue encontrado en posición “de cúbito abdominal” y que existían “varias laceraciones y heridas en región cavidad toráxica y abdominal”; “varias laceraciones y escoriaciones en región brazo izquierdo, al igual que laceraciones en cuello y cara”372. 266. El 14 de diciembre de 1995 el Juez 38 de Instrucción Penal Militar informó que ese despacho inició indagación preliminar por el presunto delito de homicidio ocurrido el 4 de septiembre de 1995 en el cual el señor Wilfredo Quiñónez Bárcenas fue dado de baja por tropas del Batallón “Héroes de Majagual” 373. 267. El 27 de octubre de 1997, el Juez Primero de Instrucción Penal informó a la Procuraduría General de la Nación que no se practicó en el cadáver la prueba del guantelete por parte de quienes levantaron dicho cadáver”374. El señor José Gabriel Martínez Ramírez, profesional en dactiloscopía, adscrito a la SIJIN de Bucaramanga, indicó que, a la época de los hechos, los elementos de parafina para la práctica del guantelete “fueron muy insuficientes y se terminaron en un corto tiempo y si no estoy mal, para esa época la parafina se había agotado en totalidad”. En relación con la prueba de absorción atómica, indicó que “nunca contamos con esos elementos para el servicio de la Unidad de Levantamientos”375. Señaló que había informado a su “superior inmediato” sobre la ausencia de tales elementos y que se habían “hecho manifestaciones a la ciudad de Bucaramanga para la consecución de estos elementos, arrojando resultados negativos” 376. 370 Anexo 88. Informe de la Jefa de Unidad del Cuerpo Técnico de Investigaciones, 1709 GH-CTI, 25 de octubre de 1995. Anexo 10 del escrito de los peticionarios recibido el 6 de diciembre de 2010 371 Anexo 88. Informe de la Jefa de Unidad del Cuerpo Técnico de Investigaciones, 1709 GH-CTI, 25 de octubre de 1995. Anexo 10 del escrito de los peticionarios recibido el 6 de diciembre de 2010 372 Anexo 116. Album fotográfico del levantamiento de cadáveres, 15 de noviembre de 1995. Presentado por los peticionarios el 18 de mayo de 2012. 373 Anexo 117. Informe del Juez 38 I.P.M, 738 BAGRA-J-24IPM-749, 14 de diciembre de 1995. Anexo 12 del escrito de los peticionarios recibido el 6 de diciembre de 2010 374Anexo 118. Comunicación del Juez Primero de Inspenal a la Profesional Universitaria de la Procuraduría General de la Nación, No. 480/BR5-J11PM-790, 27 de octubre de 1997. Anexo 1 al escrito de los peticionarios recibido el 6 de septiembre de 2011. 375Anexo 119. Comunicación del señor José Gabriel Martínez Ramírez ante el Juzgado Primero de Instrucción Penal Militar, 17 de abril de 1998. Anexo 3 al escrito de los peticionarios recibido el 6 de septiembre de 2011. 376Anexo 119. Comunicación del señor José Gabriel Martínez Ramírez ante el Juzgado Primero de Instrucción Penal Militar, 17 de abril de 1998. Anexo 3 al escrito de los peticionarios recibido el 6 de septiembre de 2011. 70

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