8 solo territorio a adjudicar a aborígenes y criollos, así como a no realizar obras nuevas sin la previa 27 consulta a las comunidades indígenas . 31. En diversas presentaciones, el Estado reconoció que las comunidades indígenas que habitan los Lotes Fiscales 14 y 55 tienen derecho a la propiedad de su territorio ancestral, y el Estado, a nivel provincial y nacional, ha manifestado en forma recurrente su voluntad expresa de adjudicarles dicha propiedad formalmente. 32. En audiencia llevada a cabo en la sede de la CIDH el 2 de marzo de 2005, representantes del Estado entregaron copia de un escrito dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, de parte del Secretario de Gobernación de la Provincia de Salta en el que señaló que los trabajos de la Ruta Provincial N°54 se encontraban limitados al tramo que vincula a las localidades de Santa Victoria Este y Misión La Paz, en las que se ha convenido con los habitantes 28 criollos y aborígenes colindantes la realización de tales trabajos . 33. En la misma audiencia, se entregó comunicación de 28 de febrero de 2005, del Fiscal de Estado de la Provincia de Salta manifestando que se habían llevado a cabo estudios ambientales en la zona y manifestó la disposición de llevar a cabo las demás investigaciones necesarias para determinar el posible impacto de los trabajos de la zona, afirmando que tales obras son indispensables para el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes del lugar. Reiteró la firme voluntad del Gobierno de la Provincia de Salta de transmitir la titularidad de las tierras a sus ocupantes, criollos y aborígenes, que tienen una historia de larga e interrumpida convivencia pacífica de más de cien años. 34. El 12 de abril de 2005, el Fiscal de Estado de la Provincia de Salta informó al Estado Nacional que, dado que no se había recibido ninguna respuesta respecto de su propuesta de distribución de tierras, el Poder Ejecutivo Provincial había resuelto en esa fecha realizar una "consulta popular" respecto de las medidas a adoptar en la zona donde se realizaron las reclamaciones de Lhaka Honhat, por lo que habían remitido a la Legislatura el proyecto de ley de referéndum. Según la Provincia de Salta, solamente después de realizado el referéndum podría abrirse nuevamente el diálogo. Para la Provincia el referéndum constituía el mecanismo para la efectiva participación de los pobladores y, además se encuentra previsto en el artículo 6 de la Convención Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo que establece la "consulta a los pueblos interesados mediante procedimientos apropiados". 35. El Fiscal de Estado de Salta envió distinta información a la Comisión, recibida el 24 de agosto de 2005. Respecto a las intrusiones y extracción clandestina de madera denunciada por los peticionarios, el Estado Provincial indica que estos hechos ocurren por tratarse de una vasta extensión 29 de tierra (650.000 hectáreas) difícil de vigilar y cuya titularidad pertenece al Estado Provincial . El 18 de septiembre de 2006, la Comisión recibió una comunicación del Fiscal de Estado de Salta, mediante la cual remitió copias de más de cuatrocientas adjudicaciones de tierras –tanto a indígenas como a criollos30 a realizarse en cumplimiento del referéndum realizado en octubre de 2005 . 36. El 7 de septiembre de 2006, el Estado Nacional envió a la CIDH un borrador de propuesta alternativa a la propuesta del Estado Provincial de distribución de las tierras fiscales ubicadas en los lotes fiscales 55 y 14. La propuesta contempla la entrega de la propiedad de la tierra a las comunidades indígenas bajo un título único, libre de ganado y alambrados. Asimismo contempla una compensación a la población criolla derivada de las pérdidas debido a la reubicación. 27 Observaciones del Estado presentadas en comunicación del 4 de octubre de 2001. 28 Escrito de fecha 21 de febrero de 2005 dirigido al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, de parte del Secretario de Gobernación de la Provincia de Salta. Comunicación presentada por el Estado en reunión del 2 de marzo de 2005. 29 Comunicación del Fiscal de Estado de la Provincia de Salta del 19 de agosto de 2005, recibida el 24 de agosto de 30 Comunicación recibida el 18 de septiembre de 2006, remitida por el Fiscal de Estado de la Provincia de Salta. 2005.

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