10 C) Peritos propuestos por los representantes 1. Luis Enrique Eguren, Director de la Unidad de Investigación y Capacitación de Protección Internacional, quien declarará sobre los criterios mínimos e indispensables que deben considerarse para establecer una política global para la protección a defensores de derechos humanos así como las buenas prácticas de este tipo de políticas en otros países, y 2. Alicia Neuburger, Psicóloga con experiencia en procesos de atención psicosocial a víctimas de violaciones a los derechos humanos, quien declarará sobre el impacto sufrido por Rosa Margarita Valle Hernández, Carlos Antonio Luna Valle, Cesar Augusto Luna Valle, Lubina Mariana Luna Valle, Allan Miguel Luna Valle, Jose Fredy Luna Valle y Roger Herminia Luna Valle por las violaciones a sus derechos humanos, en particular por la ejecución de Carlos Antonio Luna López. D) Perito propuesto por el Estado 1. Nery Velásquez, Comisionado Adjunto de los Derechos Humanos, quien declarará sobre la forma en que el CONADEH brinda asistencia y adopta mecanismos de protección a favor de ciudadanos que se encuentran en situación de riesgo en el ejercicio de sus Derechos Humanos; la forma en que se ventilaban los juicios penales de acuerdo con el Código Procedimientos Penales de 1984, y además la indicación de si el señor Carlos Antonio Luna López compareció a las oficinas del CONADEH a presentar alguna denuncia o petición de protección por sentirse amenazado en su vida. 2. Requerir a los representantes y el Estado que remitan, de considerarlo pertinente y en el plazo improrrogable que vence el 9 de enero de 2013, las preguntas que estimen oportunas formular a través de la Corte Interamericana a los testigos y peritos mencionados en el punto resolutivo primero de la presente Resolución. Las declaraciones y peritajes requeridos en el punto resolutivo primero deberán ser presentados a más tardar el 31 de enero de 2013. 3. Requerir a los representantes, al Estado, la Comisión Interamericana y la Secretaría del Tribunal, que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que, una vez recibidas las respectivas preguntas de las partes, los declarantes y peritos incluyan las respuestas respectivas en sus declaraciones rendidas ante fedatario público, de conformidad con los considerandos 27 y 28 de la presente Resolución. 4. Disponer que, una vez recibidas las declaraciones y peritajes requeridos en el punto resolutivo primero, la Secretaría de la Corte los trasmita a las partes y a la Comisión, junto con el peritaje incorporado al presente caso (supra Considerando 14 para que presenten sus observaciones a dichas declaraciones y peritajes, respectivamente, a más tardar con sus alegatos finales. 5. Convocar a los representantes, al Estado y a la Comisión Interamericana a una audiencia pública que se celebrará durante el 98 Período Ordinario de Sesiones de la Corte, el jueves 7 de febrero de 2013, a partir de las 9:00 horas y hasta las 18:30 horas, para recibir sus alegatos finales orales y observaciones orales, respectivamente, sobre fondo, reparaciones y costas, así como para recibir las declaraciones y dictámenes periciales de las siguientes personas:

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