4.
Requerir, por las razones expuestas en la presente Resolución, de conformidad
con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del
Reglamento de la Corte, que las siguientes personas presten sus declaraciones ante
fedatario público (Affidavit):
A. Declaraciones de presuntas víctimas (Propuestas por los intervinientes comunes
de la organización Reiniciar)
1) Beatriz Elena Gómez Pereañez, declarará sobre el alegado contexto
regional de persecución temprana contra miembros de la Unión Patriótica y
contra las aspiraciones políticas del partido en el departamento de Antioquia,
así como en relación con la alegada obstrucción al ejercicio de la
representación que ejercía. Adicionalmente relatará los hechos de supuesta
estigmatización continuada en su contra, en razón de su militancia en la Unión
Patriótica, entre otros aspectos relativos a los hechos del caso.
2) Jose Antonio López Bula, declarará sobre supuestos hechos referidos a la
persecución desatada en la región Urabá, los supuestos impactos de la alegada
victimización en esta región del país donde la Unión Patriótica logró amplio
respaldo político, y las políticas regionales instituidas tras los triunfos de la
Unión Patriótica en esta región. De igual manera, declarará sobre los alegados
impactos del exilio forzado por la persecución en su contra, entre otros hechos
relativos al caso.
3) Patricia Elia Ariza Flórez, declarará sobre la manera cómo vivió la alegada
persecución contra la Unión Patriótica, el alegado exterminio de sus miembros,
el impacto en el partido político y en el movimiento cultural que lideraba, y lo
concerniente a la perspectiva de garantías de no repetición, entre otros hechos
relativos al caso.
4) Beatriz Elena Zuluaga Sosa, relatará los aspectos del alegado homicidio
de uno de los primeros congresistas elegidos popularmente, la forma como se
desarrollaron y la presunta participación de agentes del Estado en connivencia
con paramilitares. De igual manera declarará sobre los hechos relativos a la
persecución desatada en contra de Pedro Luis Valencia y en su contra, el exilio
obligado, el retorno y el profundo impacto que los hechos habrían causado en
su familia, entre otros hechos relativos al caso.
5) René Alfredo Cabrales Sossa, declarará sobre las alegadas prácticas de
persecución a la Unión Patriótica a nivel territorial, así como la alegada acción
conjunta de diversos grupos de victimarios.
6) Adela Solano Rivera, declarará sobre su alegada victimización, los daños
en su vida personal, familiar y laboral, y el impacto que provocó para sus
aportes al partido político.
7) Martha Cecilia Garzón Cortés, declarará en relación con el alegado
contexto de persecución y exterminio contra la Unión Patriótica en el
departamento del Meta, la manera como James Ricardo Barrero y su familia
vivieron la alegada persecución desatada contra este dirigente político, las
acciones dirigidas a la búsqueda de verdad y de justicia, los impactos de los
hechos en su vida de relación y en el debilitamiento del partido político Unión
Patriótica, entre otros aspectos relativos a los hechos del caso.
8) Luis Alexander Naranjo León, declarará sobre el alegado ataque a sedes
políticas, a miembros de la Juventud Comunista, al alegado daño causado a la
organización política, entre otros hechos relacionados.
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