1. Reparar integralmente las violaciones de derechos declaradas en el presente informe, incluyendo el pago de una indemnización por concepto de los daños ocasionados. En particular, adoptar el pago de una indemnización por la imposición de una restricción y diferencia de trato arbitraria. 2. Adoptar las medidas necesarias para permitir la inscripción de Steven Edward Hendrix como notario ante el Colegio de Abogados y Notarios y el ejercicio de la profesión de notario en Guatemala. 3. Disponer las medidas legislativas y de otra índole, necesarias para dejar sin efecto el requisito de ser guatemalteco natural para ejercer el notariado establecidas en el artículo 2.1 del Código de Notariado de Guatemala. Aprobado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a los 14 días del mes de julio de 2020. (Firmado): Joel Hernández García, Presidente; Antonia Urrejola Noguera, Primera Vicepresidenta; Flávia Piovesan, Segunda Vicepresidenta; Margarette May Macaulay, Esmeralda Arosemena de Troitiño y Julissa Mantilla Falcón, Miembros de la Comisión. La que suscribe, Marisol Blanchard, Secretaria Ejecutiva Adjunta, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento de la Comisión, certifica que es copia fiel del original depositado en los archivos de la Secretaría de la CIDH. Marisol Blanchard Secretaria Ejecutiva Adjunta 18

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