18
98.
Un abogado, que dijo defender a presos políticos, testificó que fue detenido sin ninguna
formalidad legal en el año 1982, por los órganos de seguridad de Honduras. Estuvo diez días en
poder de ellos en una cárcel clandestina, sin que se le formularan cargos, sometido a golpes y a
torturas, hasta que se le remitió a los tribunales (testimonio de Milton Jiménez Puerto).
99.
El Gobierno afirmó que el testigo fue procesado por los delitos de atentar contra la
seguridad de Honduras y tenencia de armas nacionales (privativas de las Fuerzas Armadas) y por
eso tiene interés directo de perjudicar con su testimonio a Honduras.
100. Otro abogado, que también dijo defender detenidos por razones políticas y se refirió al
derecho hondureño, relató que fue apresado, en pleno día, el 1º de junio de 1982 por miembros
del Departamento de Investigaciones Especiales en Tegucigalpa, quienes lo llevaron vendado a un
lugar que no pudo reconocer, donde lo tuvieron cuatro días sin comer y sin tomar agua. Fue
golpeado e insultado. Dijo que pudo mirar a través de la venda y darse así cuenta de que estaba
en una unidad militar (testimonio de René Velásquez Díaz).
101. El Gobierno sostuvo que el testigo incurrió en varias falsedades relacionadas con el
derecho vigente en Honduras y que su declaración "carece de virtualidad y eficacia ya que es
parcializada, en cuya virtud, el interés directo es perjudicar al Estado de Honduras".
102. Sobre el número de personas desaparecidas durante el período de 1981 a 1984, la Corte
recibió testimonios que indican que las cifras varían entre 112 y 130. Un exmilitar testificó que,
según una lista existente en los archivos del Batallón 316, ese número podría llegar a 140 o 150
(testimonios de Miguel Ángel Pavón Salazar, Ramón Custodio López, Efraín Díaz Arrivillaga y
Florencio Caballero).
103. Con respecto a la existencia de una unidad dentro de las Fuerzas Armadas dedicada a las
desapariciones, la Corte recibió el testimonio del Presidente del Comité para la Defensa de los
Derechos Humanos en Honduras, según el cual en el año 1980 funcionó un grupo llamado "de los
catorce", al mando del Mayor Adolfo Díaz, adscrito al Estado Mayor de las Fuerzas Armadas;
posteriormente aquél fue sustituido por el grupo denominado "de los diez", comandado por el
Capitán Alexander Hernández y, finalmente, apareció el Batallón 316, un cuerpo de operaciones
especiales, con distintos grupos especializados en vigilancia, secuestro, ejecución, control de
teléfonos, etc. Siempre se negó la existencia de este cuerpo, hasta que se mencionó en un
comunicado de las Fuerzas Armadas en septiembre de 1986 (testimonio de Ramón Custodio
López. Ver también testimonio de Florencio Caballero).
104. El hoy Teniente Coronel Alexander Hernández negó haber participado en el grupo "de los
diez", haber sido parte del Batallón 316 y haber tenido algún tipo de contacto con el mismo
(testimonio de Alexander Hernández).
105. El actual Director de Inteligencia de Honduras dijo saber, por ser persona que tiene acceso
a todos los archivos de su departamento, que en el año 1984 fue creado un batallón de
inteligencia que se denominó 316, cuya misión era proporcionar información de combate a las
brigadas 101, 105 y 110. Agregó que este batallón sirvió inicialmente como una unidad de
escuela, hasta que se creó la Escuela de Inteligencia a la que fueron pasando paulatinamente las
funciones de adiestramiento, por lo que finalmente fue disuelto en septiembre de 1987. Añadió
que nunca ha existido un llamado grupo "de los catorce" o "de los diez" dentro de las Fuerzas
Armadas o de seguridad (testimonio de Roberto Núñez Montes).
106. Según los testimonios recibidos sobre el modus operandi de la práctica de
desapariciones, los secuestros siguieron el mismo patrón: se usaban automóviles con vidrios
polarizados (cuyo uso requiere un permiso especial de la Dirección de Tránsito), sin placas o con
placas falsas y los secuestradores algunas veces usaban atuendos especiales, pelucas, bigotes,
postizos, el rostro cubierto, etc. Los secuestros eran selectivos. Las personas eran inicialmente