-32- encarcelamiento, el señor Caesar también ha padecido serios problemas de salud. Pese a que ha sido examinado por personal médico en varias ocasiones, el tratamiento médico del señor Caesar ha sido inadecuado y sus condiciones de salud se han deteriorado con el paso del tiempo (supra párrs. 49.16 y 49.18). 100. La Corte estima que las condiciones de detención a las que ha sido sometido el señor Caesar han irrespetado su integridad física, psíquica y moral, tal como lo establece el artículo 5.1 de la Convención y constituyen un trato inhumano y degradante contrario al artículo 5.2 de la Convención, teniendo estos preceptos el carácter de jus cogens. Por lo tanto, el Estado es responsable, además, por la violación del artículo 5.1 y 5.2 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, en perjuicio del señor Caesar. IX 8 Y 25 DE LA CONVENCIÓN AMERICANA EN RELACIÓN CON LOS ARTÍCULOS 1.1 Y 2 DE LA MISMA (GARANTÍAS JUDICIALES Y PROTECCIÓN JUDICIAL) ARTÍCULOS Alegatos de la Comisión 101. En relación con los artículos 8 y 25 de la Convención Americana, la Comisión Interamericana señaló que: a) el Estado es responsable por la violación al derecho del señor Caesar a ser juzgado dentro de un plazo razonable, en razón del retraso de su proceso penal, de conformidad con el artículo 8.1 de la Convención; b) el señor Caesar fue objeto de una demora total de 15 años contada desde su arresto inicial el 11 de noviembre de 1983 hasta que el 9 de noviembre de 1998 el asesor informó al abogado del señor Caesar que su intento de apelar ante el Comité Judicial del Privy Council no tenía perspectivas de tener éxito. Este período implica una demora irrazonable que supera las demoras de casos anteriores en los que la Corte ha declarado violado el artículo 8.1 de la Convención. El Estado no ha brindado explicación alguna por dicha demora, ni surge del expediente hecho alguno que pudiera explicarla; c) la Sección 6 de la Constitución de Trinidad y Tobago no permite la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Penas Corporales; d) el Estado es responsable por la violación del derecho del señor Caesar a la protección judicial, establecido en el artículo 25 de la Convención, así como de las obligaciones que le impone el artículo 2 de la misma en conexión con los artículos 7.5 y 8.1 de ésta, al no prever en su legislación interna el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable; e) la Constitución de Trinidad y Tobago no incluye entre los derechos y libertades fundamentales el derecho a un juicio dentro de un plazo razonable, lo cual ha sido confirmado por el Comité Judicial del Privy Council en varios casos; y f) aunque el señor Caesar fue liberado por el Estado antes del juicio y, por tanto, no necesitó invocar el artículo 7.5 de la Convención, la prueba indica que al no haber protegido su derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, de acuerdo con el artículo 8.1 de la misma, esto también implica necesariamente, como cuestión general, el incumplimiento por parte del

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