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misma, en perjuicio del señor Winston Caesar, en los términos del párrafo 113 a 117
de esta Sentencia.
5.
Esta Sentencia constituye per se una forma de reparación, en los términos del
párrafo 126 de la presente Sentencia.
Y DECIDE:
por unanimidad, que:
1.
El Estado debe pagar al señor Winston Caesar, por concepto de daño
inmaterial, la cantidad fijada en el párrafo 128 de la presente Sentencia.
2.
El Estado debe proveer al señor Winston Caesar, a partir de la notificación de
la presente Sentencia, por el tiempo que sea necesario, sin cargo alguno, por medio
de los servicios nacionales de salud, un adecuado tratamiento médico y psicológico,
incluida la provisión de medicamentos, según las prescripciones de especialistas
debidamente calificados, en los términos del párrafo 131 de la presente Sentencia.
3.
El Estado debe adoptar, dentro de un plazo razonable, las medidas
legislativas o de otra índole necesarias para derogar la Ley de Penas Corporales
(para Delincuentes Mayores de 18 años), en los términos del párrafo 132 de la
presente Sentencia.
4.
El Estado debe enmendar, dentro de un plazo razonable, la Sección 6 de la
Constitución de Trinidad y Tobago, en los términos del párrafo 133 de la presente
Sentencia.
5.
El Estado debe adoptar, dentro de un plazo razonable, las medidas necesarias
para que las condiciones de detención en las cárceles de Trinidad y Tobago se
adecuen a las normas internacionales de derechos humanos en este tema, en los
términos del párrafo 134 de la presente Sentencia.
6.
El Estado debe efectuar el pago de la indemnización directamente a la víctima
dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación del presente fallo, en
los términos del párrafo 128 de esta Sentencia.
7.
El Estado puede cumplir sus obligaciones de carácter pecuniario mediante el
pago en dólares de los Estados Unidos de América o en una cantidad equivalente en