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condiciones más favorables según la práctica bancaria hondureña. La hija recibirá mensualmente
los beneficios de este fideicomiso y al cumplir los veinticinco años de edad percibirá el capital.
54.
Todo el proceso de cumplimiento de la indemnización compensatoria estará bajo la
supervisión de la Corte. El proceso se dará por concluido una vez que el Gobierno haya dado
cumplimiento integral a la presente sentencia.
IX
55.
POR TANTO,
LA CORTE
por unanimidad,
1.
Fija en setecientos cincuenta mil lempiras la indemnización compensatoria que el Estado de
Honduras debe pagar a los familiares de Saúl Godínez Cruz.
por unanimidad,
2.
Decide que la cantidad correspondiente a la cónyuge de Saúl Godínez Cruz será de ciento
sesenta y dos mil quinientos lempiras.
por unanimidad,
3.
Decide que la cantidad correspondiente a la hija de Saúl Godínez Cruz será de
cuatrocientos ochenta y siete mil quinientos lempiras.
por unanimidad,
4.
Ordena que la forma y modalidades de pago de la indemnización serán las especificadas en
los párrafos 52 y 53 de esta sentencia.
por unanimidad,
5.
Resuelve que supervisará el cumplimiento del pago de la indemnización acordada y que
sólo después de su cancelación archivará el expediente.
Redactada en español e inglés haciendo fe el texto en español. Leída en sesión pública en la sede
de la Corte en San José, Costa Rica, el 21 de julio de 1989.